Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 23 de Diciembre de 2003, expediente Ac 87875

PresidenteSalas-de Lázzari-Hitters-Genoud-Pettigiani
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 87.875 "Roccia, E.R.. Recurso de Casación. Injurias. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley".

//Plata, 23 de diciembre de 2003.

AUTOS Y VISTO:

El recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, presentado por el querellante contra la sentencia absolutoria del Tribunal de Casación, resulta inadmisible desde que no se encuentran reunidos los requisitos previstos por el art. 494 del Código Procesal Penal (conf. Ac. 84.203, 20-XI-02).

Cabe aclarar que las restricciones que contiene el mencionado art. 494 del Código Procesal Penal no resultan inconstitucionales desde que el art. 161 inc. 3, apartado a) de la Constitución de la Provincia establece que el conocimiento y resolución del recurso de inaplicabilidad de ley compete a este Tribunal con las restricciones que las leyes de procedimiento establezcan y que tales exigencias no vulneran el derecho de defensa en juicio que ha podido ser ampliamente ejercitado en la instancia ordinaria, ni el de igualdad ante la ley ("Acuerdos...

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