Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 21 de Abril de 2016, expediente CAF 019316/2002/CA003

Fecha de Resolución21 de Abril de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 19316/2002 ROBLES PETRONA Y OTRO c/ PEN LEY 25561 - DTO 1570/01 Y DTO 214/02 s/AMPARO SOBRE LEY 25.561 Buenos Aires, de abril de 2016.- FDA AUTOS Y VISTOS:

  1. Que por mediar caducidad de la instancia después de trabada la litis, importa tomar como base regulatoria la totalidad del monto reclamado en la demanda (arts. 19, 20 y 21 de la Ley Arancelaria) (ver fs.2 vta.); teniendo en cuenta, para graduar los honorarios que dicho monto no podrá ser en ningún caso superior a la mitad de la suma reclamada en la demanda.-

  2. A ello cabe agregar que el criterio de esta S. ha sido regular los honorarios, valorando distintas pautas, en una suma fija como retribución profesional en los amparos del denominado “corralito financiero”.-

  3. Que los emolumentos profesionales deben ser determinados conforme a lo que disponen las leyes 21.839 y 24.432, atendiendo la naturaleza y el monto del proceso, al resultado obtenido y la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido.-

  4. Que por tal razón es menester modificar el criterio de esta Sala adecuándolo, según las pautas enunciadas, a la labor efectivamente cumplida por los abogados en cada una de las causas, toda vez que la regulación de una suma fija en todos los casos no se concilia con los parámetros establecidos en las normas legales antes fijadas.-

Fecha de firma: 21/04/2016...

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