Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 2 de Mayo de 2007, expediente Ac 97722

PresidenteHitters-Genoud-Kogan-de Lázzari-Roncoroni
Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2007
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 97.722 "R., D.. Homicidio culposo. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley".

//P., 2 de Mayo de 2007.

AUTOS Y VISTO:

  1. El Tribunal en lo Criminal nº 2 de Mar del P. –en lo que aquí interesa- condenó a D.R. a la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial por seis años para conducir vehículos automotores por hallarlo autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo agravado (fs. 26/41, causa nº 14.191).

    Por su parte, el Tribunal de Casación rechazó el recurso homónimo articulado (fs. 93/109, íd.).

    Frente a lo así decidido, el defensor particular articuló recurso de inaplicabilidad de ley (fs. 74/93 del presente legajo).

  2. Al respecto, cabe señalar que el art. 494 del Código Procesal Penal establece que el remedio allí previsto sólo procede en los casos en que la sentencia definitiva revoque una absolutoria o imponga una pena de reclusión o prisión superior a seis años, aplique una medida de seguridad o inhabilitación absoluta o una multa cuyo monto fuere el máximo contemplado en la ley para el delito de que se trate. En consecuencia, el supuesto de autos no encuadra en los presupuestos mencionados (conf. doct. Ac. 94.601, 12-X-2005; Ac. 94.116, 15-III-2006; Ac. 96.395, 6-IX-2006; Ac. 98.654, 15-XI-2006; Ac. 95.852; 13-XII-2006).

    Asimismo, tampoco se advierte en el caso la existencia de un agravio federal que suscite la apertura de esta instancia...

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