Sentencia de Cámara Federal de Casación Penal, 28 de Marzo de 2012, expediente 14.662

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2012

Cámara Nacional de Casación Penal Causa N°14.662 -SalaIV –

RIOS EREÑU, H.L. s/recurso de queja “ “

REGISTRO N° 376/12

Buenos Aires, 28 de marzo de 2012..

AUTOS Y VISTOS:

Para resolver en la presente causa Nro.14.662 del Registro de este Tribunal, caratulada: “RÍOS EREÑÚ, H.L. s/recurso de queja”. Acerca de la presentación directa formulada a fs. 76/78 por la defensa de H.L.R.E..

Y CONSIDERANDO:

  1. A fs. 45/72 vta.. se presenta la defensa de H.L.R.E. e interpone recurso de casación contra la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta por medio de la cual resolvió: “

    I.-CONFIRMAR el punto III de la parte dispositiva de la resolución de fs. 957/987, en cuanto dispuso el procesamiento de H.L.R.E., de las demás condiciones personales obrantes en autos, por considerarlo ‘prima facie’ responsable del delito de privación ilegítima de la libertad, agravada por el uso de violencia (art. 141, 142

    inc. 1° del Código Penal), en concurso real con el delito de homicidio agravado por alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas (art. 80 inc. 2° y del Código Penal) en calidad de coautor mediato” (fs. 44).

  2. Rechazada que fuera la vía intentada, la defensa de H.L.R.E. presentó la queja que viene a estudio en esta oportunidad.

  3. El remedio intentado no tendrá favorable acogida. Ello, por cuanto no se encuentran presentes las condiciones objetivas de impugnabilidad requeridas por la normativa vigente.

    Como regla general, la resolución recurrida -confirmación del auto de procesamiento- no forma parte de las decisiones especialmente previstas por la ley como recurribles en la presente instancia, ni es tampoco sentencia definitiva, auto que ponga fin a la acción, a la pena o que haga imposible que continúen las actuaciones o denieguen la extinción, conmutación o suspensión de la pena, en los términos del art. 457 del C.P.P.N. (cfr. esta S.I.: causa N.. 5103 “Laniado,

    León s/recurso de queja”, Reg. N.. 6364.4, rta. el 25/2/05; causa N.. 5124,

    B., R.E. y otro s/recurso de casación

    , Reg. N.. 6642.4, rta. el 26/5/05; causa N.. 6030 “R., Á.G. s/recurso de casación”, Reg. N..

    7667.4, rta. el 19/7/06 y causa N.. 6225 “Berbeglia, M.L. y otro s/

    recurso de casación”, Reg. N.. 7893.4, rta. el 21/9/06; entre varias otras).

    La parte ha alegado que el fallo impugnado adolece del vicio de arbitrariedad, lo que podría configurar una cuestión federal que habilitaría la instancia de este órgano como “tribunal intermedio” a los efectos de arribar a los...

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