Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 24 de Junio de 2016, expediente CNT 069787/2013/CA001

Fecha de Resolución24 de Junio de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII Causa N°: 69787/2013 SENTENCIA DEFINITIVA Nº: 49163 CAUSA Nº69.787/13 - SALA

VII- JUZGADO Nº 77 En la ciudad de Buenos Aires, a los 24 días del mes de junio de 2016, para dictar sentencia en estos autos caratulados “Richter, L.J.C. c/ Centro de Nutrición y Estética S.A. y otros s/ Despido”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. A fs.4/14 se presenta la actora e inicia demanda contra Centro de Nutrición y Estética S.A. y contra V.O.S., M.L.B., C.M.L. y C.G.S., en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedora con fundamento en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.

Señala que ingresó a laborar a las órdenes de los demandados el 7/2/12, realizando tareas de telemarketer.

Denuncia una deficiente registración en relación a la categoría, persecución laboral de su superior, cambio de sede laboral y negativa de tareas.

Detalla que no se recibió la documental que acreditaba su estado de embarazo y que debido a la falta de entrega de los recibos de sueldo, le fue denegado el carnet de la obra social y la correspondiente atención médica.

Luego de un fluido intercambio, telegráfico, la actora se considera gravemente injuriada y despedida.

A fs. 56/58, 108/111, y 114/116 las demandadas O.S.V., M.L.C. y G.S.C., contestan demandada y realizan una pormenorizada negativa de las cuestiones planteadas en el escrito de inicio.

A fs. 94/113 Centro de Nutrición y Estetica S.A. contesta demanda niega todos y cada uno de los hechos invocados en la demanda, salvo los expresamente reconocidos.

La demandada M.L.B. no contesto demanda por lo que se la consideró incursa en la situación prevista en el art. 71 de la L.O. (fs. 105).

La sentencia de primera instancia obra a fs. 319/321, en la cual el “a-quo”, luego de analizar los elementos de juicio obrantes en la causa, decide en sentido desfavorable a las principales pretensiones de la actora.

Los recursos que analizaré llegan interpuestos por la parte actora (fs.323/327), y por el perito contador (fs. 331) quien cuestiona la regulación de sus honorarios.

II- Se agravia la parte actora y sostiene que el sentenciante ha realizado una errada valoración de las probanzas arrimadas a la causa, y pretende la modificación del fallo y se haga lugar a la demandada interpuesta.

Adelanto que la pretensión del apelante ha de tener favorable acogida.

En primer lugar deseo señalar, que no me pasa desapercibida la rebeldía confesional de autos (fs. 208), pero sin perjuicio de ello corresponde que tenga en cuenta las Fecha de firma: 24/06/2016 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.R., SECRETARIA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA #19781141#156152657#20160624113711180 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII Causa N°: 69787/2013 pruebas desvirtuantes de las afirmaciones de los hechos consignados en la contestación de demandada.

Sentado ello, en según lugar, considero según las particulares circunstancias del caso, que las intimaciones telegráficas deben ser analizadas en su conjunto y no aisladamente.

Por lo tanto, tengo para mí, que las intimaciones de la actora que luego concluyeron con la denuncia del contrato de trabajo, no se han limitado a las expuestas en la última misiva, sino que son aquellas, que han surgido a lo largo del intercambio telegráfico.

En este punto cabe resaltar los dichos de los testigos Reynot (fs. 261) y Prado (fs. 285), en tanto dan cuenta de que la actora ha sido cambiada de sede laboral, que había una “política empresarial”, de cansar a los dependiente para forzar una renuncia para así

evitar el despido dispuesto por el...

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