Sentencia de CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ, 9 de Junio de 2015, expediente FPA 042000718/2011/CA001

Fecha de Resolución 9 de Junio de 2015
EmisorCÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE PARANÁ

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 42000718/2011/CA1 raná, 9 de junio de 2015.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “RETAMAR, M.G. CONTRA ANSES SOBRE JUBILACIÓN ANTICIPADA-SUMARÍSIMO”, Expte. N° FPA 42000718/2011, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Concepción del Uruguay, y; CONSIDERANDO:

I- Que llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada a fs. 26 y vta., contra la resolución de fs. 21/24 vta. que, en lo que aquí

interesa, hace lugar a la acción de inconstitucionalidad incoada por el actor, y declara inaplicable por inconstitucional respecto del mismo la Resolución Nº

884/06 emanada de la accionada la que deberá abonar al actor el beneficio en el plazo de 20 días de notificada la presente; impone las costas a la demandada, regula honorarios y tiene presente la reserva del caso federal efectuada por ambas partes.

El recurso se concede a fs. 27 y expresa agravios la demandada a fs. 28/33 vta. A fs. 43 la Cámara Federal de la Seguridad Social se declara incompetente, a fs. 75 el Sr. Fiscal General ante Cámara contesta la vista corrida y quedan estos autos en estado de resolver a fs. 76.

II- Que, la demandada se agravia por cuanto se declara la inaplicabilidad por inconstitucional de la Resolución 884/06 de ANSES que establece claramente una incompatibilidad entre el beneficio que ella otorga y quienes ya gocen de otro.

Fecha de firma: 09/06/2015 Firmado por: D.E.A. Firmado por: C.G.G. Firmado por: M.J.B.H. referencia a las políticas de inclusión, entre ellas el dictado del decreto 1451/06.

Asimismo apela la imposición de costas y hace reserva del caso federal.

III- Que, el actor interpone acción de inconstitucionalidad contra la Administración Nacional de la Seguridad Social atento la verosimilitud del derecho y el perjuicio causado por la Resolución 884/06 de ANSES, por resultar contrarios a la Constitución Nacional en virtud de lo dispuesto en los arts. 14 bis, 16, 17 y 31 de la Ley Fundamental entre otras, y asimismo solicita se ordene el pago de beneficio de jubilación más retroactivos y costas.

Explica que solicitó el beneficio de jubilación ordinaria conforme lo previsto en la ley 24476, y cumplió

todos los requisitos y condiciones establecidos pero la demandada resuelve suspender su beneficio por ser personal militar retirado de las Fuerzas Armadas y estar percibiendo un haber de retiro.

IV- Que conforme lo expresara el Sr. Fiscal...

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