RESOLUCIONES 780 / 2013 RESOLUCION Nº 780 de 22 de Marzo de 2013

Fecha de la disposición22 de Marzo de 2013
Número de Boletín27995
Fecha de Publicación 9 de Abril de 2013
Número de documento33015

IPLA. RESOLUCIÓN N° 780/480–13-IPLA, del 22/03/2013. Expte. N° 913/480-13-IPLA.-

VISTO que se hace necesario establecer un régimen que contemple la posibilidad de presentación y pago de los contribuyentes que se encuentren en etapa de inicio de instrucción sumarial por presuntas infracciones a las Leyes 7.243, 7.575 y 7.750, estableciendo los importes y/o porcentajes por “pago espontáneo” de dichas infracciones, acogiéndose a la presente resolución y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a lo establecido por la Leyes N° 7.243, 7.575 y 7.750 fijan en su articulado los montos en concepto de multa que el contribuyente infractor deberá abonar una vez concluido el proceso sumarial;

Que conforme lo establece la Ley 7243 en su art. 17° inc. 8) la Superioridad del I.P.L.A. está facultada para “…Fijar anualmente los montos correspondientes a permisos de expendio, inspección y multa, los cuales se podrán abonar anualmente, semestral o mensualmente, debiendo estar pagados hasta el 31 de diciembre del año que corresponda”.

Asimismo, la misma ley la faculta en su art. 17° inc. 14):…Conceder moratorias, quitas, proponer planes de pago y otras facilidades a los deudores...

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