RESOLUCIONES 16 / 2019 DIRECCION GENERAL DE RENTAS de 11 de Marzo de 2019

Fecha de Entrada en Vigor14 de Marzo de 2019
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2019
Número de Boletín29451
Fecha de Publicación13 de Marzo de 2019
Número de documento71181

DIRECCION GENERAL DE RENTAS. RESOLUCIÓN GENERAL N° 16/19, del 11/03/2019.

VISTO las RG (DGR) Nros. 86/00, 23/02, 174/10, sus modificatorias y normas complementarias, el Título I de la Ley Nacional N° 27.440 y sus normas complementarias, el Decreto Nacional N° 471/2018, la Resolución General conjunta (AFIP – MPyT) N° 4366/18 y la RG (AFIP) N° 4367/18, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las RG (DGR) Nros. 86/00 y 174/10 se establecieron regímenes de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, disponiéndose por su parte, a través de la RG (DGR) N° 23/02 un régimen de retención en el referido tributo;

Que en aras de facilitar el financiamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas, permitiendo la reducción de su costo financiero, a través del Título I de la Ley Nacional N° 27.440 se implementó el régimen de “Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs”;

Que el artículo 24 de la mentada ley prevé que la Autoridad de Aplicación de dicho régimen, conjuntamente con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), podrán autorizar la aceptación expresa o tácita de la “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs” por un importe menor al del total, aclarando que dicha quita deberá alcanzar a las alícuotas por los regímenes de recaudación aplicables;

Que complementariamente, el artículo 25 del mencionado texto legal dispone que el deudor de la “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs” tendrá el carácter de agente de retención o, en su caso, será sujeto pasible de percepciones, sin que puedan atribuirse tales obligaciones al cesionario o adquirente de la misma;

Que por su parte, mediante el Decreto N° 471/2018 se aprobó la reglamentación del Título I de la Ley N° 27.440 y se designó al actual Ministerio de Producción y...

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