Resolución - Simple N° 972 - EATC/2023, 10/07/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 972/EATC/23
Buenos Aires, 6 de julio de 2023
VISTO: Las Leyes Nros. 2855 y 2.095 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el
Decreto N° 326/17, la Resolución N° 517/GCABA-EATC/18, el Expediente Electrónico
Nº EX-2023-08659259-GCABA-DGTALEATC, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la adenda al contrato de locación
administrativa del inmueble, aprobado por la Resolución N°517-EATC/18, donde
funciona la sede del Colón Fábrica, sito en la Av. Pedro de Mendoza 2141/63 de esta
Ciudad, por la cual se prorroga dicha locación hasta el 15/06/2028 y se establece el
valor del canon locativo, por el período comprendido entre el 15/06/23 y el 15/01/24,
en la suma de pesos tres millones novecientos mil ($ 3.900.000.-);
Que dicha la locación administrativa fue aprobada por Resolución N° 517/GCABA-
EATC/18;
Que en el marco de lo pactado en el en el contrato de locación y de conformidad con
lo estipulado por Ley 2095, se ha notificado la decisión de hacer uso de la prórroga;
Que el Banco Ciudad efectuó la tasación del canon locativo correspondiente;
Que tomó debida intervención la Dirección General de Escribanía General y Dirección
General Administración de Bienes;
Que se cumplimentaron con los extremos legales de la Ley 2095, y su decreto
reglamentario Decreto 326/17- art. 12 inc. a) y f), siendo este último aplicable al
presente en razón de la fecha de firma del contrato que, por el presente, se prorroga;
Que tomó intervención la Gerencia Operativa de Gestión Sectorial dependiente de la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal afectando la partida presupuestaria
correspondiente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLON
RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la adenda al Contrato de Locación Administrativa, que fuera
aprobado por la Resolución N° 517-EATC/18, bajo el CONVE-2023-25764351-
GCABA-EATC que, como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- El gasto que demande la presente contratación, será imputado a la
respectiva partida presupuestaria.
Artículo 3º.- Autorizar el pago por la suma de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y
UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO ($ 891.891.-), en favor del Sr. Horacio
Luis Rizzuti (CUIT 20-17177363-7), en concepto de Comisión Inmobiliaria por la
adenda a locación de la presente contratación.
Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones, a la
Dirección General Escribanía General, a la Dirección General de Contaduría y a la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6657 - 10/07/2023

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