Resolución - Simple N° 83 - FGCABA/2022, 30/09/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.° 83/FG/21
Buenos Aires, 3 de septiembre de 2021
VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, los artículos 1°, 3°, 18°, 22° y 23° de la ley N°1903 -cfr. texto de la Ley N° 6285-,
la Resolución FG N° 49/2021 y la Actuación Interna N° 30-00071467 del Sistema
Electrónico de Gestión Administrativa de esta Fiscalía General;
CONSIDERANDO:
-I-
Que mediante el artículo 1° de la Resolución FG N° 49/2021 se dispuso iniciar el
proceso de reorganización interna progresiva de las dependencias judiciales que
actúan ante la primera instancia del fuero penal, contravencional y de faltas, con el
objetivo de brindar una respuesta eficiente a la demanda de trabajo que implicó la
última transferencia de competencias penales a la órbita de la justicia de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Que tal reestructuración implica la instauración de un nuevo esquema de trabajo que
propone una marcada separación entre las funciones que desarrollan los integrantes
del Ministerio Público Fiscal y establece su intervención de manera diferenciada según
la etapa o el momento del proceso penal o contravencional.
Que ello se logra a través de un diagrama o flujo de tareas que concentra el
tratamiento de los casos flagrantes y las cuestiones vinculadas al turno en un área
específica por un lado (Unidad de flagrancia), y la posterior intervención de las
Fiscalías de Primera Instancia para la investigación estratégica y la litigación oral por
el otro.
Que el primer paso hacia una gestión eficaz en la investigación de los casos conforme
a esas premisas se produjo en la zona donde posee competencia territorial la Unidad
Fiscal Sur, pues allí se puso en marcha, en calidad de experiencia piloto, la Unidad de
Flagrancia encargada de la intervención inicial y primigenia de todos los casos
detectados en situación de flagrancia -ver artículo 2° de la Resolución FG N° 49/2021-.
Que, los primeros análisis efectuados en torno al funcionamiento y el impacto de esa
Unidad en la gestión de los casos han arrojado resultados sumamente satisfactorios,
no sólo en cuanto a su misión específica dentro del curso de trabajo implementado
sino también respecto de su relación con las fiscalías con competencia general, con
las fiscalías especializadas y con el resto de las dependencias con las cuales
interactúa; lo que demuestra que su inclusión en la dinámica de trabajo de la Unidad
Fiscal Sur ha alcanzado holgadamente los objetivos propuestos.
Que, esos resultados positivos fueron reflejados en los términos de la resolución FG
N° 79/2021, que aprobó la experiencia piloto desarrollada en el territorio de la Unidad
Fiscal Sur.
-II-
Que, lo expresado en el apartado anterior y los beneficios que se observan pese al
escaso tiempo que lleva en funcionamiento la Unidad de Flagrancia Sur, obligan a
considerar la posibilidad de ampliar su implementación al resto de las zonas
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6472 - 30/09/2022

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