Resolución - Simple N° 7 - SSAALV/2022, 28/09/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 7/SSAALV/21
Buenos Aires, 21 de septiembre de 2021
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes
Nacionales Nros. 26.058, 24.521, la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N°
6.347), el Decreto Nº 463-AJG/19, y su modificatorio Nº128-AJG/20 las Resoluciones
Nros. 11/MEGC/17 y su modificatoria, 5556/MEGC/11 y 3645/MEGC/12,
786/SSGECP/13 y N° 3099-GCABA-MEDGC/21, el Expediente Electrónico Nº
27701296-GCABA-DGEEDU/21, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que la Ley N° 26.058 de Educación Técnico Profesional tiene por objeto regular y
ordenar la Educación Técnico Profesional en el nivel medio y superior no universitario
del Sistema Educativo Nacional y la Formación Profesional;
Que la citada norma establece que la Educación Técnico Profesional, es un derecho
de todo habitante de la Nación Argentina, que se hace efectivo a través de procesos
educativos, sistemáticos y permanentes;
Que la Ley N° 24.521, de Educación Superior tiene por finalidad proporcionar
formación científica, profesional, humanística y técnica;
Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;
Que, en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación
diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social; así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto Nº 463-AJG/19, y su modificatorio Nº 128-AJG/20, aprobaron la
estructura orgánica funcional del Ministerio de Educación;
Que la Subsecretaría Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida tiene entre sus
responsabilidades primarias la de diseñar, promover, implementar y evaluar políticas y
programas de aprendizaje a lo largo de la vida, que incluye las ofertas de educación
vocacional, formación profesional, educación técnico superior y educación no formal
destinada a jóvenes y adultos, así como coordinar y promover la vinculación con
organismos jurisdiccionales locales, nacionales e internacionales con el fin de articular
estrategias e incorporar herramientas para la innovación y para la mejora de la calidad
educativa de la oferta de formación de aprendizaje a lo largo de la vida;
Que oportunamente por la Resolución N° 3099-GCABA-MEDGC/21, se creó la
Comisión Evaluadora para la evaluación de Planes de Estudio de nivel superior
técnico profesional, socio humanístico y artístico, y de formación profesional inicial y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6470 - 28/09/2022

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