Resolución - Simple N° 64 - SSGU/2023, 31/03/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 64/SSGU/23
Buenos Aires, 30 de marzo de 2023
VISTO: La Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el Código de Edificación
(aprobado por Ley Nº 6.100 y su modificatoria Nº 6.438), DNU N° 1.510/1997 (Texto
consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 58-AJG/19, 151-AJG/21 y 170-
AJG/22, las Resoluciones Nros. 205-SSGU/22 y 206- SSGU/22,el Expediente
Electrónico Nº EX-2022-37484281-GCABA-SSGU; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 170/22 se establecen entre las responsabilidades primarias de la
Dirección General de Registro de Obras y Catastro, las de “Disponer e informar en lo
relativo a la aplicación del Código de Edificación, las normativas constructivas y de
aquellas normas que lo complementen" y "Proponer la reglamentación técnica
correspondiente al Código de Edificación", entre otras;
Que el Código de Edificación establece en su Artículo 1.1.8 que “(...) el presente
Código es complementado por Reglamentos Técnicos, dictados por la Subsecretaría
de Registro, Interpretación y Catastro o la que en el futuro la reemplace. Dichos
Reglamentos Técnicos incluirán soluciones técnicas y soluciones técnicas alternativas
generadas por los interesados”;
Que el Decreto Nº 58/AJG/19, en su Artículo 1º, ha designado a la Subsecretaría de
Registros, Interpretación y Catastro, hoy Subsecretaría de Gestión Urbana
dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de
Ministros del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como Autoridad de
Aplicación del Código de Edificación que fuera oportunamente aprobado por Ley Nº
Que asimismo el precitado Decreto, en su Artículo 2º, confirió a la precitada
Subsecretaría la facultad de confeccionar los reglamentos técnicos del Código de
Edificación;
Que, mediante Ley N° 6.438, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sancionó las nuevas modificaciones que se incorporaron al referido Código de
Edificación;
Que el Decreto N° 138/2021 modificó parcialmente la estructura de Gobierno
establecida por el Decreto N° 463-AJG-19, sustituyendo la denominación
“Subsecretaría de Registros Interpretación y Catastro”, por la de “Subsecretaría de
Gestión Urbana”;
Que los Reglamentos técnicos del Código de Edificación comprenden y describen un
conjunto de procedimientos administrativos reglamentarios para la tramitación de
cualquier gestión vinculada a la construcción, a las instalaciones y exigencias
comprendidas en el Código de Edificación, y a las soluciones técnicas admitidas, de
carácter enumerativo y no excluyente, que pueden ser aplicadas por los profesionales
de la construcción, y que satisfacen los parámetros y principios exigidos por el
mencionado Código;
Que por Resolución N° 205-SSGU/22 se aprobaron los Reglamentos Técnicos del
Código de Edificación que se detallan: RT-020100-010200-03 - REQUISITOS Y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6592 - 31/03/2023

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