Resolución - Simple N° 28 - SSOUR/2024, 03/04/2024

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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RESOLUCIÓN N.º 28/SSOUR/24
Buenos Aires, 21 de marzo de 2024
VISTO: Las Leyes Nros. 2.936, 5708 (textos consolidados por Ley N° 6.588) y sus
modificatorias, N° 6.684, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97, el Decreto
N° 387/23 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 10287212-
DGCDPU/2024, y
CONSIDERANDO:
Que, por Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires estableciendo para el Ministerio de Espacio Público e
Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades primarias de entender en lo relativo
al ordenamiento del Espacio Público, planificando estrategias y diseñando e
implementando políticas en relación con el mismo, así como entender en lo relativo al
uso del espacio público;
Que, mediante el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, incluyendo dentro de la Órbita del Ministerio de Espacio Público e
Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y Ferias dependiente de la
Subsecretaría Ordenamiento Urbano, con responsabilidades primarias para “Entender
en los trámites relativos a la Ley Nº 2936-GCBA/09, sus modificatorias y toda
normativa que se dicte en consecuencia (...)”;
Que, por el expediente citado en el visto MULTIMARKETING S.A solicitó permiso para
la colocación de un (1) aviso en medianera iluminado en Av. Libertador N° 7292 de
esta Ciudad;
Que, se debe dar cumplimiento a la Ley N° 5.708 (texto consolidado por Ley N° 6.588)
y su Decreto reglamentario N° 44/17;
Que, la documentación y los planos presentados se ajustan a los requisitos y
zonificación establecidos en la Ley N° 2.936 (texto consolidado por Ley N° 6.588);
Que, la Gerencia Operativa Permisos de Publicidad y Eventos de la Dirección General
Permisos y Ferias ha tomado intervención en los presentes actuados prestando
conformidad a la presente tramitación que encuadra en las previsiones de la Ley N°
2.936 (texto consolidado por Ley N° 6.588);
Que, atento que se encuentra vacante la Dirección General Permisos y Ferias
dependiente de esta Subsecretaría, los permisos se suscriben en virtud de las
competencias otorgadas por medio del Decreto N° 387/23 y sus modificatorios;
Que, habiendo verificado la documentación obrante en las presentes actuaciones se
constata el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa del visto,
corresponde dictar el correspondiente acto administrativo que autorice la realización
del mentado permiso de uso.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL SUBSECRETARIO ORDENAMIENTO URBANO
RESUELVE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6844 - 03/04/2024

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