Resolución - Simple N° 273 - SECM/2022, 12/10/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 273/SECM/22
Buenos Aires, 29 de septiembre de 2022
VISTO: el Decreto N° 1550/08 y modificatorios, la Resolución N° 284-SECM/21 y el
Expediente Electrónico Nº 33.900.410-GCABA-LS1/22, y
CONSIDERANDO:
Que según surge de los referidos actuados la agente López Monja, Carina Mara, CUIL
N° 27-29636596-9, dependiente del Organismo Fuera de Nivel LS1 Radio de la Ciudad
AM 1110 y FM 2X4 de esta Secretaría de Medios, solicitó la prórroga, por el término
de un (1) año a partir del 1° de noviembre de 2022, de su ausencia sin goce de
haberes aprobada mediante la Resolución N° 284-SECM/21;
Que el citado organismo, accedió a lo requerido, toda vez que su otorgamiento no
afectará el normal desarrollo de las tareas;
Que el artículo 1° del Decreto N° 1550/08, con la modificación introducida por su
similar N° 102/21 (Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- Nro 6089-
31/03/2021), y la sustitución introducida por su similar N° 199/22 delega en el Vicejefe
de Gobierno, los/as señores/as Ministros/as, los/las Secretarios/as con dependencia
directa del Jefe de Gobierno, las máximas autoridades de los entes descentralizados y
autárquicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los
organismos dependientes del Poder Ejecutivo creados por la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la facultad de autorizar de forma excepcional, la ausencia
sin goce de haberes, su otorgamiento, limitación y cese, a los agentes de planta
permanente comprendidos en las Leyes Nros. 471, 6035 y al personal de la planta
transitoria creada en el marco del Acta de Negociación Colectiva de la Comisión
Paritaria Central N° 6/14, instrumentada mediante la Resolución N° 1287-MHGC/14,
aclarando en el artículo 2° del mismo que el plazo de la referida ausencia se podrá
conceder por única vez por trabajador/a, y su duración no podrá exceder de un (1) año
prorrogable, por única vez, por un período no superior a doce (12) meses;
Que por lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Decreto N° 1550/08 y
modificatorios, corresponde su autorización.
Por ello, conforme lo prescripto por el Decreto N° 1550/08 y modificatorios,
EL SECRETARIO DE MEDIOS
RESUELVE:
Artículo 1°.- Prorróguese, a partir del 1° de noviembre de 2022 y por el término de un
(1) año, la ausencia sin goce de haberes, a la agente López Monja, Carina Mara, CUIL
N° 27-29636596-9, dependiente del Organismo Fuera de Nivel LS1 Radio de la Ciudad
AM 1110 y FM 2X4 de esta Secretaría de Medios, aprobada mediante la Resolución
N° 284-SECM/21, de conformidad con lo establecido por el Decreto N° 1550/08 y
modificatorios, reteniendo sin percepción de haberes partida
2027.0031.GGU.MED.05.PROF/GGU3807, del citado Organismo.
Artículo 2°.- Se deja constancia que la agente referida en el artículo precedente deberá
reincorporarse a sus funciones al vencimiento de la ausencia concedida en forma
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6478 - 12/10/2022

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