Resolución - Simple N° 1770 - MCGC/2023, 08/08/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 1770/MCGC/23
Buenos Aires, 10 de marzo de 2023
VISTO: Las Leyes N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.588) y sus
modificatorias; y Nº 2.520 (texto consolidado por Ley N° 6.588); el Decreto Nº 463/19 y
sus modificatorios; y el Expediente Electrónico N° EX-2023-09674664- -GCABA-
DGMUS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), en su artículo
8°, determina que cada Ministro, como integrante del Gabinete, deberá, entre otras
funciones, intervenir en la determinación de los objetivos políticos del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como en la asignación de prioridades y en la
aprobación de planes, programas y proyectos, y promover y fortalecer la iniciativa
privada en función del bien común a través de la coordinación de las funciones y
acciones de sus organismos dependientes y las de éstos con las del ámbito privado;
Que asimismo, conforme lo establece el artículo 22° de la mencionada norma,
corresponde al Ministro de Cultura, diseñar e implementar las políticas, planes y
programas tendientes a preservar y acrecentar el acervo cultural, orientar las
manifestaciones artístico-culturales promoviendo y realizando actividades de
formación especializada en estas áreas, promover las actividades culturales de interés
comunitario, fomentar y estimular la creación artística y el desarrollo científico a través
del reconocimiento económico y el estímulo al mérito, entre otras;
Que conforme lo establecido por la Ley Nº 2.520 (texto consolidado por Ley N° 6.588)
el anfiteatro del Parque Centenario denominado “Eva Perón” se encuentra bajo la
órbita de la Dirección General de Música;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el
nivel de Dirección General, estableciendo dentro de las responsabilidades primarias de
la Dirección General de Música la de “Elaborar políticas, programas y proyectos
destinados a la producción y difusión de diversos géneros musicales”, y entre las de la
Dirección General de Planificación y Seguimiento la de “Planificar las políticas
prioritarias de corto plazo y los lineamientos estratégicos orientados a abordar los
desafíos culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”;
Que asimismo conforme lo establecido por el referido Decreto, corresponde a la
Dirección General San Martín la responsabilidad de Diseñar, planificar y realizar el
seguimiento y control de los programas, actividades, acciones y servicios que presta el
Centro Cultural General San Martín, y a la Dirección General “Definir políticas
tendientes a promover, proyectar y difundir el arte teatral, musical, cinematográfico,
fotográfico, visual y documental”;
Que en ese sentido se considera oportuno instrumentar la realización de acciones que
contribuyan a la difusión de los diversos géneros musicales, y que tengan por fin el
promover y difundir la música en todas sus expresiones, entendida como uno de los
elementos esenciales en la conformación de nuestra identidad cultural;
Que el Anfiteatro Eva Perón, sito en la calle Leopoldo Marechal Nº 832 de la Ciudad
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6679 - 08/08/2023

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