Resolución - Simple N° 168 - OGDAI/2023, 13/12/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 168/OGDAI/23
Buenos Aires, 6 de diciembre de 2023
VISTO: La Ley N°104 (t.c. Ley N°6.588), los Decretos N°260/17, N°427/17, N°13/18,
N°220/22, N°42/23, y los expedientes electrónicos EX-2023-40435942-GCABA-
DGSOCAI, EX-2023-40434162-GCABA-DGSOCAI y EX-2023-42882450-GCABA-
OGDAI; y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente n° EX-2023-42882450-GCABA-OGDAI tramita un reclamo de
acceso a la información pública interpuesto el día 21 de noviembre de 2023 contra la
Dirección General de Habilitaciones y Permisos de la Agencia Gubernamental de
Control del Gobierno de la Ciudad (artículo 32 de la Ley N° 104);
Que el Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información tiene entre sus
atribuciones, la de recibir y resolver los reclamos que ante él se interpongan. Podrán
interponer reclamos aquellas personas que hayan realizado un pedido de información
pública y que no hayan recibido respuesta en plazo o, habiéndola recibido, la
consideren insuficiente (artículos 12, 13, 26 incisos a, c, d y f, y artículo 32 de la Ley
N°104);
Que, el día 30 de octubre de 2023, un vecino solicitó información sobre el polígono de
calles ubicado entre Av. Gaona,
Av. Boyacá, Av. Rivadavia, y Av. Segurola. En particular, solicitó: 1) se remita estudio
comparativo de la normativa urbana entre el antiguo Código de Planeamiento Urbano
y el Código Urbanístico para el polígono mencionado; 2) los estudios urbano-
ambientales que fundamentan la normativa urbanística vigente, con información
respaldatoria; 3) las peticiones solicitadas y aprobadas en el período 2007-2018, en
todo lo que incumbe a los Códigos: Urbanístico, Edificación y de Habilitaciones
(certificados urbanísticos, avisos y permisos de obras, englobamientos parcelarios,
autorización de actividades económicas / habilitaciones, etc.) para el polígono
mencionado; 4) peticiones solicitadas y aprobadas dentro del polígono, a partir de la
entrada en vigencia del Código Urbanístico, en todo lo que incumbe a los Códigos:
Urbanístico, Edificación y Habilitaciones (certificados urbanísticos, avisos y registro de
obras, englobamientos parcelarios, autorización de actividades económicas, etc.); 5) si
existe un relevamiento de la situación catastral y dominial del polígono; 6) si existe un
relevamiento del tejido/morfología actual de cada manzana del polígono; 7) si se
cuenta con un relevamiento de usos del suelo y de locales comerciales en
funcionamiento en el polígono; 8) si existe un relevamiento de inmuebles de valor
patrimonial de las manzanas del polígono; 9) si existe un relevamiento de las
actividades económicas asociadas a la actividad textil, discriminando por localización,
uso o actividad y superficie habilitada; 10) si existe un relevamiento de empresas
textiles radicadas en las manzanas del polígono; 11) si existe un relevamiento de
talleres y depósitos localizados en las manzanas del polígono; y 12) si existe un
relevamiento de las actividades económicas;
Que la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 104 canalizó la solicitud en dos
expedientes paralelos, los que tramitaron ante distintas áreas del Gobierno de la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6768 - 13/12/2023

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