Resolucion 1232/2007 - Sg

Fecha de disposición05 Octubre 2007
Fecha de publicación05 Octubre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31254

ANEXO II PROCEDIMIENTO APLICABLE PARA LA AUTORIZACION DE EMPLEO DE CPH EN INDICACIONES MEDICAS Clínicamente Aprobada:

No requiere autorización previa. Los casos comprendidos en las Resoluciones INCUCAI Nº 119/ 04 y 319/04 deberán cumplimentar lo establecido en dichas normas.

Opción Clínica:

El equipo que solicita la aplicación de CPH deberá presentar el caso ante la Dirección Científico Técnica, quien luego de abrir el correspondiente expediente consultará al Registro de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas y como mínimo a cinco integrantes de la Comisión Asesora referida en el artículo 3º de la presente norma. El Directorio del INCUCAI será la autoridad competente para resolver la cuestión planteada.

Experimental:

Se procederá conforme a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 512/95, reglamentario de la Ley Nº 24.193.

Generalmente no recomendada:

No está autorizada la realización del implante en dicha indicación.

Referencias:

CR1, 2, 3: Primera, segunda o tercera remisión completa DR. Idéntico: donante relacionado idéntico DNR ALTA COMP: Donante no relacionado con alta compatibilidad DNR BAJA COMP: donante no relacionado con baja compatibilidad * Se deberá acreditar que la edad del paciente está dentro de los límites que permite su ejecución.

** Se deberá evaluar previo a la indicación del trasplante la respuesta al tratamiento convencional con inhibidores de tirosinkinasa.

En todos los casos la determinación del grado de compatibilidad del receptor con el donante no relacionado se hará de común acuerdo con el Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas y cuando existiera divergencia de opiniones se llevará a cabo la consulta a la Comisión Asesora.

Cuando el donante alogénico relacionado no fuera el hermano, también se requerirá la consulta a la Comisión Asesora, para lo cual el equipo tratante deberá presentar ante la Dirección Científico Técnica, resumen de Historia Clínica y protocolo de inmunosupresión que se llevará a cabo.

En el caso de Trasplante con unidades de sangre de cordón de donantes no relacionados se tomará el mismo criterio que para el resto de los trasplantes alogénicos con donantes no relacionados, pero podrá ser evaluada la compatibilidad con seis antígenos (A, B y DR).

Secretaría General CONGRESOS Resolución 1232/2007

Declárase de interés nacional el 'X Congreso Argentino de Derecho Societario y VI Congreso...

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