Resolucion 246/2007 - Sagpa

Fecha de disposición19 Junio 2007
Fecha de publicación19 Junio 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31178

Desígnase Gerente de la Gerencia de Gestión Previsional y Asistencias Especiales de la citada Sociedad del Estado actuante en la órbita de la Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Bs. As., 14/6/2007

VISTO el Expediente Nº 4694/2005 del Registro de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 26.198 de PRESUPUESTO GENERAL DE LAADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 2007, los Decretos Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, Nº 805 de fecha 11 de julio de 2005, Nº 1197 de fecha 13 de septiembre de 2004 y Nº 1409 de fecha 10 de octubre de 2006, y CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1197 de fecha 13 de septiembre de 2004, se adoptaron medidas de carácter excepcional en relación con la situación previsional de los ex-trabajadores de las empresas TERMINAL PORTUARIA INTEFEMA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA y FERROPORT SOCIEDAD ANONIMA, que permitieron que dichos ex-trabajadores puedan obtener su haber jubilatorio; asignándose a la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la tarea de asesorar, confeccionar y controlar las certificaciones correspondientes para ser entregadas a los interesados y cuyos alcances fueron ampliados mediante el Decreto Nº 1409 de fecha 10 de octubre de 2006.

Que por el Decreto Nº 805 de fecha 11 de julio de 2005 se llama a Licitación Pública Nacional e Internacional para la Concesión de la Terminal Portuaria Nº 6 de PUERTO NUEVO - BUENOS AIRES, facultándose a la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, a dictar todas las medidas que resulten necesarias para llevar adelante el proceso licitatorio, entre las cuales se encuentra, de acuerdo al Pliego de Condiciones Generales, la incorporación en la nueva concesión de ex-trabajadores de la fallida TERMINAL PORTUARIA INTEFEMA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA.

Que la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, puso de manifiesto razones operativas y de unificación de tareas para implementar el funcionamiento de una estructura gerencial con el fin de desarrollar e implementar los trámites atinentes a las gestiones que se desprenden de la aplicación de los decretos citados en los párrafos precedentes, como asimismo todas las relacionadas con las gestiones previsionales del personal activo y jubilado de dicha Sociedad del Estado.

Que la medida dictada tiene por objeto crear en el ámbito de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, una dependencia específica con el rango institucional suficiente para ejercer el control al que se hace referencia y uniformar procedimientos creando un sistema integral que sea depositario y receptor de las responsabilidades relacionadas con las tareas específicas en la materia.

Que la importancia y jerarquía institucional de la GERENCIA DE GESTION PREVISIONAL Y ASISTENCIAS ESPECIALES en el ámbito de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, impone la necesidad de designar al funcionario que deba hacerse cargo de las responsabilidades de dicha área, habiendo sido propuesta para desempeñar la mencionada función, en la categoría de Gerente, la Doctora María Silvia QUINTEROS (D.N.I. Nº 11.077.216), quien reúne los requisitos de idoneidad, profesionalidad y experiencia necesarios para cubrir el referido cargo.

Que por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.198 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, asimismo, por el Artículo 11 de la Ley Nº 26.198 se dispuso que las facultades otorgadas al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, por dicha Ley, podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país.

Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que, para ello, la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, cuenta con los fondos genuinos necesarios para afrontar las erogaciones que importa el dictado de la presente medida.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Artículo 1º del Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y los Artículos y 11 de la Ley Nº 26.198.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Desígnase en el cargo de Gerente de la GERENCIA DE GESTION PREVISIONAL Y ASISTENCIAS ESPECIALES, en la planta permanente de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a la Doctora María Silvia QUINTEROS (D.N.I.

Nº 11.077.216).

Art. 2º

La designación aludida en el artículo precedente, se dispone con carácter de excepción a lo establecido por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.198.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- KIRCHNER. -- Alberto A. Fernández. -- Julio M. de Vido.

DECISIONES ADMINISTRATIVAS PRESUPUESTO Decisión Administrativa 202/2007

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007.

Bs. As., 14/6/2007

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007 aprobado por la Ley Nº 26.198, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 15 de enero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD y EL ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES VIALES, Organismos Descentralizados dependientes de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, deben atender en forma urgente el pago de certificaciones de obras que se encuentran en ejecución.

Que los presupuestos de los citados Organismos Descentralizados no hacen posible la atención de las obligaciones mencionadas en el considerando anterior.

Que en consecuencia resulta necesario modificar el Presupuesto vigente a los efectos de posibilitar la atención de dichas obligaciones, detrayendo para ello créditos de la JURISDICCION 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Servicio Administrativo Financiero 356 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO y de la JURISDICCION 56 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,

Servicio Administrativo Financiero 354 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades establecidas en el Artículo 37 de la Ley Nº 24.156.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007 de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Alberto A. Fernández. -- Felisa J. Miceli.

NOTA: Las planillas anexas no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Nº 31.178 3Martes 19 de junio de 2007 nadera (CUIG), con el propósito de identificar individualmente a cada productor pecuario del país, en cada establecimiento agropecuario.

Que en tal sentido, resulta conveniente interactuar...

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