Resolucion 56/2007 - Sagpa

Fecha de disposición30 Enero 2007
Fecha de publicación30 Enero 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31084

Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.084 15Martes 30 de enero de 2007

Provincia de SAN JUAN Razón Social Normas Particulares Fecha de Puesta Nº Expte. (ME) CFT Nº Fecha en Marcha AGRICOLA DEL ESTE S.A. 0389 14/03/94 1999 010-001058/93

AGRO CATALINA S.A. 1835 19/11/99 10-09-98 010-001331/92

AGROEMPRENDIMIENTO S.A. 1092 14/07/99 31-05-06 001-001414/92

AGROFRUT OESTE S.A. 0853 14/06/02 2010 010-001701/92

AGROGASA S.R.L. 2814 24/11/93 31-05-06 010-001048/93

EL TOTORAL S.A. 1350 29/09/95 10/10/2006 010-001687/92

FINCAS DEL SOL S.A. 087 15/01/93 1998 010-001189/92

FINCAS DEL SOL S.A. 0637 26/03/93 2002 010-001389/92

ICEBERG AGRICOLA S.A. 1669 15/11/96 2000 010-000782/93

LA CASERIA S.A. 0097 15/01/93

2650 09/11/94 31/05/2002 010-001325/93

LA ESPERANZADA S.A. 1426 03/10/95 2003 010-000902/92

OLIVOS DE MAYO S.A. 2520 04/12/92 2002 010-001190/92

PEÑAVID S.A. 2518 04/12/92 31/05/2007 010-001270/92

VIÑAS JOVI S.A. 1847 23/11/99 31/05/2005 001-004116/99 Secretaría de Política Económica PLAN NACIONAL DE INVERSIONES PUBLICAS Resolución 21/2007

Fíjase el monto máximo del programa o proyecto de inversión que podrá aprobar directamente el organismo o ente iniciador para su inclusión en el mencionado Plan.

Bs. As., 25/1/2007

VISTO la Ley Nº 24.354, su Decreto Reglamentario Nº 720 del 22 de mayo de 1995 y la Resolución de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Nº 175 del 15 de Octubre de 2004, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 720 de fecha 22 de mayo de 1995 designó a la ex SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA del ex MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual SECRETARIADE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, como la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.354.

Que en virtud de ello la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se encuentra facultada para dictar las normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias, para la debida implementación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP).

Que esta Secretaría por el Artículo 11 de la Ley Nº 24.354 y el Artículo 12 del Decreto Reglamentario Nº 720/95 está facultada para fijar el monto máximo del programa o proyecto de inversión que podrá aprobar directamente el organismo o ente iniciador para su inclusión en el Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP).

Que el Artículo 4º de la Resolución de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Nº 175 de fecha 15 de Octubre de 2004 fijó el monto máximo de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL ($5.600.000) para el ejercicio 2004.

Que la Resolución de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Nº 108 de fecha 27 de Mayo de 2005 ha ratificado el monto fijado por Resolución de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Nº 175 de fecha 15 de octubre de 2004 del programa o proyecto de inversión que podrá aprobar directamente el organismo o ente iniciador para su inclusión en el Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP) 2006-2008.

Que es necesario actualizar el monto de los programas o proyectos en concordancia con el incremento verificado en la Inversión Pública Nacional, a fin de agilizar la operatoria del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP).

Que el Artículo 11 de la Ley Nº 24.354 establece que el monto máximo no podrá superar en ningún caso el UNO POR MIL (10 /00 ) del presupuesto anual de inversión pública nacional correspondiente al ejercicio anual inmediato anterior.

Que el monto de crédito inicial por Inversión Pública Nacional para el año 2006 es de PESOS ONCE MIL SETECIENTOS SETENTA MILLONES CIENTO UN MIL ($ 11.770.101.000) monto que se obtiene de sumar el crédito inicial de Inversión Real Directa, de Transferencias de Capital y de Inversión de Organismos no presupuestarios y Empresas Públicas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en concordancia con las facultades conferidas por el Artículo 1º del Decreto Nº 720/95.

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLITICA ECONOMICA RESUELVE:

Artículo 1º

Fíjase el monto máximo de PESOS ONCE MILLONES ($ 11.000.000) del programa o proyecto de inversión que podrá aprobar directamente el organismo o ente iniciador a partir del 2 de Enero de 2007.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Oscar Tangelson.

Secretaría de Agricultura, Ganadería,

Pesca y Alimentos PRODUCCION APICOLA Resolución 56/2007

Creáse la Comisión Nacional de Promoción a la Exportación de Miel Fraccionada. Funciones.

Bs. As., 25/1/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0167960/2006 del Registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA YALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Cartas de Entendimiento suscriptas por diferentes Empresas Fraccionadoras de miel y la SUBSECRETARIA DE POLITICAAGROPECUARIA Y ALIMENTOS de la mencionada Secretaría, y CONSIDERANDO:

Que en virtud de las referidas Cartas de Entendimiento se acordó conformar la COMISION NACIONAL DE PROMOCION A LA EXPORTACION DE MIEL FRACCIONADA, cuya función principal es la de elaborar un plan estratégico para la promoción de las exportaciones de miel a los diferentes mercados extranjeros.

Que la expansión del comercio mundial ha ampliado las fronteras comerciales para las producciones apícolas, creando posibilidades de...

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