Resolución 2564/04). Res. Nº 1644

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA.

Integración y reemplazos en órganos del Fuero Penal (Actualización.

Res. 2564/04).. Res. Nº 1644 . La Plata, 27 de junio de 2012.

VISTO: La necesidad de actualización de la normativa vigente en materia de reemplazos en el fuero penal (Resolución Nº 2564/04), como consecuencia de las distintas Leyes promulgadas desde el momento de su dictado y, habida cuenta de las disposiciones del artículo 6° de la Resolución N° 1216/08, que encomienda a la Secretaría de Planificación la adecuación reglamentaria pertinente.

Y CONSIDERANDO: Que asimismo y en función de lo ut supra mencionado, el doctor Marcos A. Cornaglia, titular del Juzgado de Garantías del Joven del Departamento Judicial Junín, manifiesta inquietudes respecto a los alcances de la Resolución N° 2564/04, que reglamenta la modalidad para efectuar los reemplazos en el Fuero Penal, más precisamente el inc. c) del art. 1° en cuanto refiere al Fuero de Menores.

Que la consulta es atendible, toda vez que por la Ley 13.634, los Tribunales de Menores se han disuelto y se ha instrumentado el Fuero de Responsabilidad Penal en la Provincia, en concordancia con los principios que emergen de la Ley 13.298.

Que a tales efectos cabe considerar el criterio sustentado por este Tribunal, en lo que atañe a las prioridades para proceder al sorteo de jueces reemplazantes, considerando la actividad de los Jueces de Garantías o de Garantías del Joven, particularmente cuando se encuentran de turno o son únicos en la jurisdicción.

Que además se ha sostenido que, cuando se trata de integrar un Tribunal en lo Criminal, y así lo determinó la Resolución Nº 2564/04, se exceptúe a los jueces referidos en el considerando anterior, con el objeto de evitar excusaciones o recusaciones, como consecuencia de su intervención en la etapa de investigación.

Que también es conveniente sustraer de la norma en cuestión la referencia a los Jueces de Transición aludida en el inc. a) del art. 1° y en el artículo 4°, en función de lo previsto por la Ley 13941 que disuelve los Juzgados de Transición y en lo Criminal y Correccional existentes a la fecha de su sanción, y adjudica competencia en las causas tramitadas por el Decreto Ley 3589, a los jueces de Garantías.

Que asimismo, atendiendo a lo oportunamente previsto por la Resolución N° 936/09, es necesario dejar establecido el sistema de reemplazos de los magistrados de los...

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