Resolución Nro. 87 - EXPTE. Nº 1316-D-2014-00112

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición24 de Mayo de 2017

MENDOZA, 24 de mayo de 2017

VISTO:

El Expediente Nº 1316-D-2014-00112, en el cual obran las actuaciones sumariales contra la firma Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación, CUIT Nº 30-68303222-7, con domicilio legal en calle 9 de Julio nº 980, 4º Piso, Of. C, Ciudad de Mendoza, y;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 interpone denuncia la Sra. Rosana Barrera contra UPCN, porque al estar realizando un tratamiento de fertilización asistida, no le cubren los medicamentos con el porcentaje del 100%.

Que a fs. 7/12 se acompaña prueba documental. Que a fs. 16 rola acta de audiencia de conciliación en la que se deja constancia de la incomparecencia de la firma denunciada.

Que a fs. 17 obra apertura de sumario imputándose infracción por presunta violación del art. 20 de la Iey Nº 5547, por no habérsele reintegrado a la denunciante los gastos en concepto de medicamentos, no cubriendo por lo tanto la totalidad del tratamiento de reproducción médicamente asistida.

Que a fs. 25/26 se presenta la sumariada quien manifiesta que el porcentaje cubierto, de conformidad con la Resolución Nº 201/02 del PMO Anexo I, establece la cobertura en medicamentos del 40% y a la denunciante se le brindó una cobertura del 50%.

Que a fs. 33 se oficia a la Superintendencia de Servicios de Salud para que informe si en los tratamientos de fertilización asistida contemplados en la Ley Nº 28.682, los medicamentos tienen una cobertura del 100% o si existe un cargo que debe ser abonado por los afiliados a las obras sociales.

Que a fs. 34/37 rola el informe remitido por la SSS.

Que de conformidad con lo informado por la SSS, surge que la Ley N° 26.862 en su art. 8 establece que “El sector público de salud, las obras sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23661 (...) las entidades de medicina prepaga (...) incorporarán como prestaciones obligatorias y a brindar a sus afiliados o beneficiarios, la cobertura integral e interdisciplinaria del abordaje, el diagnóstico, los medicamentos y las terapias de apoyo y los procedimientos y las técnicas que la Organización Mundial de la Salud define como reproducción médicamente asistida, los cuales incluyen (...) Quedan incluidos en el PMO estos procedimientos, así como los de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo, con los criterios y modalidades de cobertura que establezca la autoridad de aplicación, la cual no...

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