Resolución Nro. 75 - EXPTE. Nº 2041-D-2016-00112 CARATULADO “GONZALEZ ALBERTO ELPIDIO C/ CORDIAL COMPAÑÍA FINANCIERA”

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición28 de Mayo de 2018

MENDOZA, 28 de mayo de 2018

VISTO:

El expediente Nº 2041-D-2016-00112 caratulado “Gonzalez Alberto Elpidio c/ Cordial Compañía Financiera”;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 22 rola acta de infracción contra Cordial Compañía Financiera por presunta violación al art. 58º inc. d) de la Ley 5.547, atento a que no presentó oportunamente el historial crediticio y eventual historial de deuda del Sr. Gonzalez, titular de la tarjeta MasterCard, Socio Nº 199-4673092-0-7.

Que contra la imputación efectuada la sumariada presenta descargo, que a pesar de resultar extemporáneo, haciendo aplicación del principio de informalismo a favor del administrado, consagrado ahora en el artículo 1º, punto II, inc. e) de la Ley 9003 de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Mendoza esta Dirección considera tenerlo en cuenta.

Que atento a ello se da traslado de lo expresado en el descargo al denunciantea efectos de acreditar si el motivo que dio origen a su denuncia se encuentra resuelta, lo que es ratificado por el denunciante a fs. 32, lo que permite a esta Dirección tener certeza de que se puso fin a la controversia objeto de marras, por lo que solicita se deje sin efecto la sanción de fs. 22.

Que es política de esta Dirección priorizar la satisfacción del interés del denunciante en cualquier etapa del sumario y hacer prevalecer la defensa de los derechos de los consumidores sobre la voluntad de sancionar, teniendo las multas...

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