Resolución Nro. 44 - LICENCIAS REFERENTES DNU 260/2020 COVID19- PANDEMIA CORONAVIRUS
Emisor | A.T.M RESOLUCIONES INTERNAS |
Fecha de la disposición | 17 de Marzo de 2020 |
MENDOZA, 17 DE ABRIL DE 2020
VISTO:
El Expte.N° EX-2020-01489255-GDEMZA-ATM y lo dispuesto por el Decreto de Emergencia Sanitaria N° 260/2020 emitido por la Presidencia de la Nación, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 7° del Decreto N° 260/2020 establece que deberán permanecer en aislamiento obligatorio, por el plazo de catorce (14) días, las siguientes personas: "... d) Quienes arriben al país habiendo transitado por “zonas afectadas”. Estas personas deberán también brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción. No podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria. e) Quienes hayan arribado al país en los últimos 14 días, habiendo transitado por “zonas afectadas”."
Que en el mismo sentido, el Ministerio de Trabajo de la Nación ha emitido la Resolución N° 178/2020, mediante la cual activa un protocolo de aislamiento para todos aquellos agentes de la administración pública y trabajadores en relación de dependencia del ámbito privado, que hubieren ingresado desde el exterior del país y provenientes de países de transmisión del Coronavirus (COVID 19); habiendo adherido a dicha norma legal, la la Subsecretaría de Trabajo y Empleo de la Provincia de Mendoza a través de la Resolución N° 2872/2020.
Que resulta necesario adoptar medidas que permitan a esta Administración preservar la salud, tanto de los contribuyentes que a diario concurren como del personal que pudiera verse afectado por esta contingencia.
Que esta Administración se encuentra facultada mediante la Ley N° 8521, Artículo 4° inciso i), a reglamentar, entre otros, el funcionamiento interno, operativo y la administración del personal.
Por ello, de acuerdo a lo dictaminado por el Departamento de Asuntos Legales y a las atribuciones conferidas por la normativa mencionada,
EL
ADMINISTRADOR GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MENDOZA
RESUELVE:
Autorícese al personal de la Administración Tributaria Mendoza, que hubiere ingresado a la Argentina, desde países de transmisión y circulación...
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