Resolución Nro. 2769 - CATEGORIZACION DE LOS CENTROS INFANTO JUVENILES Y CENTROS PREVENTIVOS DE ADICCIONES

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2016

MENDOZA, 27 de diciembre de 2016

Visto el expediente 537-D-16-77771, en el cual se propone la categorización de los Centros Infanto Juveniles y Centros Preventivos de Adicciones, dependientes de la Dirección de Salud Mental y Adicciones del Ministerio; y

CONSIDERANDO:

Que es conveniente estandarizar, con la razonable flexibilidad que impone la diversidad de situaciones, los criterios para confeccionar la estructura organizacional de la Dirección de Salud Mental y Adicciones;

Que el Artículo 17 de la Ley Nº 8830/15, menciona como competencia en general del Ministerio crear las condiciones necesarias para la promoción, prevención, protección, recuperación y rehabilitación de la salud y administrar los establecimientos y dependencias que dependan del Ministerio, pertenecientes al Gobierno Provincial;

Que resulta necesario fijar patrones acordes a las distintas complejidades de Centros Infanto Juveniles y Centros Preventivos de Adicciones que conforman la Dirección de Salud Mental y Adicciones del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes;

Que el inciso d) del Artículo 3 de la Ley Nº 7759 establece que los Directores y/o Encargados de Centros de Salud poseen responsabilidad conductiva dentro de las categorías de gestión;

Que el Artículo 24 de la Ley Nº 7759 expresa que para los Directores de Centros de Salud se establecerá una retribución por dicha función, de acuerdo a la complejidad prestacional que reúna el Centro de Salud en que se desempeñe, reconocida como tal por el Ministerio. Las categorías establecidas de acuerdo a la complejidad prestacional que reúna cada Centro de Salud serán cuatro: A, B, C y D, en orden creciente;

Que a fs. 13/21 del expediente de referencia, se haya la definición de categoría por cada Centro Preventivo de Adicciones y Centro Infanto Juveniles, conforme a los niveles prestacionales y de producción que los mismos brindan a la comunidad;

Por ello, atento a la conformidad de la Subsecretaría de Salud, lo dictaminado por la Dirección de

Asuntos Jurídicos, lo establecido en la Ley Nº 7759 y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 8830/15,

EL MINISTRO DE SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES RESUELVE:

Artículo 1º

Categorizar los Centros Infanto Juveniles y Centros Preventivos de Adicciones que cuenten con personal profesional de este Ministerio, según lo indica el anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2º

Asignar...

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