Resolución Nro. 224 - FONDO FEDERAL SOLIDARIO 1ª QUINCENA AGOSTO 2018

EmisorMINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS
Fecha de la disposición30 de Agosto de 2018

MENDOZA, 30 DE AGOSTO DE 2018

Visto el Expediente Nº 198– Letra D – Año 2018 – Código 01031 donde se tramita la distribución a favor de las Municipalidades de la Provincia del Fondo Federal Solidario creado mediante el Decreto Nacional Nº 206/09; y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia adhirió oportunamente a lo dispuesto por el Decreto Nacional Nº 206/09, mediante la Ley Nº 8028 y asimismo los Municipios adhirieron a las normas mencionadas, mediante sus respectivas ordenanzas municipales;

Que a partir de la vigencia del Decreto Nacional Nº 756/18 se deroga el Decreto Nacional Nº 206/09, por lo que resulta necesario distribuir a las Municipalidades los fondos percibidos por la Provincia de Mendoza en el mes de agosto del presente ejercicio en concepto de Fondo Federal Solidario, conforme a lo que disponían sobre el particular las normas citadas;

Que a tal efecto se ha aplicado el índice del artículo 2º de la Ley Nº 6396 y sus modificatorias, fijado para el ejercicio 2018, mediante la Resolución Nº 220-HyF-18 y asimismo, se han ajustado los fondos distribuidos en el presente ejercicio con el índice aludido.

Por ello,

LA

MINISTRA DE HACIENDA Y FINANZAS

R E S U E L V E :

Artículo 1º

Autorícese a Contaduría General de la Provincia a liquidar a favor de las Municipalidades que se detallan y por los montos que se indican en la Planilla Anexa, que forma parte de la presente resolución, en concepto de Fondo Federal Solidario, correspondiente a los fondos percibidos por la Provincia en el mes de agosto de 2018, conforme a lo que disponía el Decreto Nacional Nº 206/09, la Ley Nº 8028 y el Decreto Acuerdo Nº 640/09, la suma de TRECE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CIENTO UN PESOS CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 13.487.101,98.-).

Artículo 2º

El importe previsto en el artículo anterior se liquidará con cargo a la partida: H-20008-552-05-248 “Otros Aportes a Municipios” y unidades de gestión de gasto respectivas del Presupuesto de Erogaciones vigente, detalladas en la Planilla Anexa, que forma parte de la presente resolución.

Artículo 3º

Las Municipalidades indicadas en la Planilla Anexa de esta resolución, deberán destinar los fondos que se liquidan por el artículo 1º de la misma, exclusivamente a obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria...

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