Resolución Nro. 2011 - CONCURSO DE TRASLADO, ASCENSO E INGRESO A LA JERARQUÍA DIRECTIVA NIVEL INICIAL

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición21 de Agosto de 2018

MENDOZA, 21 DE AGOSTO DE 2018

VISTO el Expediente Nº-15155-D-2017-02369, caratulado: “DIRECCION GENERAL DE ESCUELAS S/ CONCURSO DE TRASLADO, ASCENSO E INGRESO A LA JERARQUIA DIRECTIVA NIVEL INICIAL”, y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 2658-DGE-de fecha 07 de diciembre de 2017 y su Rectificatoria Resolución N° 1506-DGE-2018, se convoca a Concurso de Méritos y Antecedentes para Traslado, Ascenso e Ingreso a la Jerarquía Directiva de Nivel Inicial, en los Jardines de Infantes dependientes de la Dirección General de Escuelas;

Que por Resolución N° 1866-DGE-2018 se aprueba el listado de cargos vacantes disponibles al 31 de mayo de 2018, constando los mismos en el ANEXO I de la mencionada Norma Legal;

Que las vacantes han sido informadas a Dirección de Educación Inicial y a su Secretaría Técnica por Inspectores Técnicos Regionales, Seccionales y Directivos, con carácter de Declaración Jurada;

Que la Inspectora de la Sección N° 16 de Nivel Inicial informa a Secretaría Técnica de Educación Inicial, que por un error involuntario la Dirección del Jardín N° 0-146 no declaró en tiempo y forma, el cargo vacante por creación de Vice dirección existente en dicha Institución;

Que por lo indicado en el párrafo anterior sería necesario incluir dicho cargo en la nómina de Cargos Vacantes que figuran en el Anexo I de la Resolución N° 2658-DGE-2017;

Que en la citada Norma Legal, Anexo I, se ha incurrido en un error material e involuntario al consignar el porcentaje de zona correspondiente al Jardín de Infantes Exclusivo N° 0-019 “Santa Clara de Asís” del departamento de Godoy Cruz;

Que la Resolución N° 1866-DGE-2018 considera que a fin de prever y garantizar a los agentes la posibilidad de trasladarse o ascender o ingresar, cuando por razones fundadas no pudiera asistir al acto público, se podrá autorizar a un tercero para que haga efectivo el proceso a través de nota o formulario que consta en Anexo II de dicha Norma Legal, dando por hecho que el autorizado conoce el cuerpo del resolutivo que convoca a Traslado, Ascenso e Ingreso a la Jerarquía Directiva 2018, renunciando autorizante y autorizado a reclamos devenidos por el mal uso de esta autorización;

Que la Ley 9003 de Procedimientos Administrativo en sus Artículos. 77 y 78 habilitan a la Administración a enmendar errores materiales involuntarios;

Por ello,

EL

DIRECTOR GENERAL DE ESCUELAS

RESUELVE

Artículo 1

ro-Inclúyase en el Anexo I...

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