Resolución Nro. 16 - APROBACIÓN APLICATIVO 'BILLETERA VIRTUAL' PARA EL USO DE CRÉDITOS FISCALES

EmisorA.T.M. - ADMINISTRACION TRIBUTARIA MENDOZA
Fecha de la disposición16 de Marzo de 2021

MENDOZA, 16 DE MARZO DE 2021

VISTO:

El expediente Nº EX-2021-01480748-GDEMZA-DGR_ATM, lo dispuesto por la Ley N° 9243 y sus modificatorias y los Decretos Nros. 966/2020 y 227/21, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 9243, se crea el Programa MENDOZA ACTIVA, que tiene por objeto acelerar la reactivación de las actividades económicas en la Provincia de Mendoza, otorgando a las empresas beneficiarias el reintegro hasta el cuarenta por ciento (40%) de la inversión efectivamente realizada, utilizando como medios de reintegros el dinero en efectivo, la provisión de una tarjeta de consumo (para uso en actividades turísticas, gastronómicas, sociales, culturales, recreativas, deportivas y de interés local, entre otras) y/o el otorgamiento de un crédito fiscal.

Que el Decreto Nº 966/2020, dispone que el reintegro realizado mediante el otorgamiento de Crédito Fiscal, se implemento a través de billetera virtual el que podrá ser libremente transferido.

Que el mismo podrá ser utilizado para el pago del Impuesto de Ingresos Brutos hasta el diez por ciento (10%) del total mensual determinado por el contribuyente, y será el Ministerio de Economía y Energía quien elevará mensualmente a la Administración Tributaria Mendoza una conciliación del crédito que se encuentre circulando en las billeteras que se utilicen en la implementación del programa, garantizando la trazabilidad del crédito fiscal otorgado.

Que en consecuencia, la Administración Tributaria debe establecer los requisitos y condiciones para la utilización del mencionado Crédito Fiscal para el pago de las obligaciones tributarias que administra este Organismo.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 10° inciso 4. del Código Fiscal (t.o. s/Decreto N° 1176/19 y modificatorias) y la Ley N° 8.521,

EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MENDOZA

R E S U E L V E:

Artículo 1°

Apruébese el aplicativo web, denominado “BILLETERA VIRTUAL”, que permite el uso de Créditos Fiscales mediante la utilización de billeteras virtuales en el marco del Programa MENDOZA ACTIVA.

Artículo 2°

El aplicativo identificado en el Artículo 1° se encontrará disponible en la página web institucional de la Administración Tributaria Mendoza (www.atm.mendoza.gov.ar.), al que se accederá a través de la Oficina Virtual. Es requisito indispensable y necesario para acceder al mismo...

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