Resolución Nro. 13 - ADHESIÓN DECRETO ACUERDO Nº 819/2020

EmisorFiscalia de Estado
Fecha de la disposición30 de Junio de 2020

MENDOZA, 30 DE JUNIO DE 2.020

Visto la Ley Nº 9220, y los Decretos en Acuerdo de Ministros Nº 401/2020 y 819/2020; y,

CONSIDERANDO:

Que nos encontramos ante un hecho imprevisto e inevitable, como es la propagación mundial del virus COVID-19, declarado como pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud, lo que obligó a la mayoría de los países y regiones a adoptar una serie de medidas urgentes y de carácter extraordinario para combatir la propagación y contagio del virus.

Que ante tal situación y en el marco de las medidas adoptadas tanto a nivel nacional como provincial entre las que destaca la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" dispuesta por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 a partir del día 20 de marzo de 2020 y que se ha prorrogado sucesivamente hasta la sanción del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 520/2020 del 7 de junio de 2020, el que junto con disponer la prórroga de la medida de aislamiento para los sectores más afectados por la pandemia, autorizó otra medida de "distanciamiento, social, preventivo y obligatorio" en diversas regiones del país, entre ellas Mendoza, en tanto que las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 520/2020 fueron prorrogadas en su vigencia hasta el 30 de Junio de 2020 según lo establecido en el Título II, art. 2º del DNU 576/2020 de fecha 29/06/2020.

Que tal como señala el Decreto Acuerdo Nº 819/2020 del Poder Ejecutivo Provincial: “las decisiones señaladas y en general, todas las adoptadas con miras a disminuir y/o mitigar el impacto sanitario de la pandemia, han tenido una lógica repercusión en el plano económico, administrativo y social, entre otros, con un significativo impacto en el nivel de actividad de todos los sectores, existiendo a la fecha un proceso gradual de reapertura en la medida que la realidad epidemiológica de cada Provincia o Región lo permite”, en tanto que “la disminución de las actividades tanto públicas como privadas, se traduce en un marcado descenso de la recaudación de impuestos provinciales y nacionales”.

Que por lo expuesto, y ante la situación de emergencia descripta en la Ley Nº 9.220, y lo prescripto en el art. 2º del citado Decreto Acuerdo Nº 819/2020, corresponde disponer la adhesión de este organismo de control extra poder a los términos...

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