Resolución Nº 27 -P.T.i.

EmisorMrio. de Produccion
Fecha de la disposición24 de Febrero de 2010

RESOLUCIÓN Nº 27 -P.T.I. -

Mendoza, 24 de febrero de 2010

Visto el Expediente N° 856-C-2007-01282, en el cual la empresa Coloquial S.A., con C.U.I.T.: 30-70942992-9, solicita los beneficios fiscales del Artículo 71° de la Ley Impositiva N° 7.638; y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Reglamentario N° 3373/07 y la Circular N° 1 de la Subsecretaría de Promoción Industrial, Tecnológica y de Servicios, establecían los requisitos a cumplimentar para acceder a los beneficios fiscales del Artículo 71° de la Ley Impositiva N° 7.638;

Que con posterioridad, el 17 de marzo de 2009 fue promulgada la Ley N° 8.019 y por Resolución N° 143-PTI-09, se modificó parcialmente el régimen legal vigente para la obtención de los beneficios fiscales para la misma actividad;

Que la empresa solicitante ha dado cumplimiento a todos los requisitos establecidos en el mencionado marco legal vigente;

Por ello, y conforme lo dictaminado por Asesoría Letrada del Ministerio de Producción, Tecnología e Innovación a fojas 172/174 y 224 en cumplimiento de la Ley N° 8019 y por Fiscalía de Estado a fojas 209 y vta. y 226 según indica el Artículo 79 del Código Fiscal de la Provincia de Mendoza del expediente N° 856-C-2007-01283;

EL MINISTRO DE PRODUCCION,

TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1º

Otórguese los beneficios fiscales establecidos según el Articulo 29 Inciso b) de la Ley Nº 8019 subsiguientes y concordantes a la empresa Coloquial S.A., con C.U.I.T.: 30-70942992-9 que ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos...

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