Resolución Nº 282/2013

Fecha de disposición13 Marzo 2013
Fecha de publicación18 Abril 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 13/3/2013

VISTO el Expediente Nº 1.534.757/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.013, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA celebra un acuerdo con el SINDICATO LA FRATERNIDAD obrante a fojas 52/54 del Expediente Nº 1.534.757/12 ratificado a foja 62, solicitando su homologación, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto Nº 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento Preventivo de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.

Que en dicho Acuerdo las partes convienen la suspensión de parte del personal y una compensación durante dicho periodo, en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

Que a foja 55 del Expediente Nº 1.534.757/12 obra la nómina del personal afectado.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta, ratificando el acuerdo en todos sus términos.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley Nº 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la autoridad administrativa correspondiente.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis ha tomado la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la empresa NUEVO CENTRAL ARGENTINO SOCIEDAD ANONIMA y el SINDICATO LA FRATERNIDAD obrante a fojas 52/54 del Expediente Nº 1.534.757/12 conjuntamente a la nómina del personal afectado de fojas 55 Expediente Nº 1.534.757/12, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que registre el Acuerdo conjuntamente a la nómina del personal obrantes a fojas 52/54 y 55, respectivamente del Expediente Nº 1.534.757/12.

ARTICULO 3°

— Remítase copia debidamente...

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