Resolución Nº 94/PJCABA/FG/15

FirmantesOcampo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorFiscalía General
Fecha de la disposición21 de Julio de 2015

VISTO:

Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; la

Ley N° 1903 modificada por Ley 4.891-, las Resoluciones FG N° 13/11, 96/11,

534/12, 110/14, 119/14 y 120/14 y la Resolución CAMP N° 18/09, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 124 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

reconoce la autonomía funcional y autarquía del Ministerio Público, lo que es

reafirmado por la Ley Orgánica del Ministerio Público -Ley N° 1903-.

Que conforme lo dispone el artículo 3° de la Ley N° 1903, el gobierno y administración

del Ministerio Público estarán a cargo de sus titulares, señalando su artículo 18 que el

Fiscal General y los demás ámbitos del Ministerio Público, cada uno en su respectiva

esfera, ejercen los actos que resulten necesarios para el cumplimiento de las

funciones encomendadas (inc. 2°).-

Que mediante solicitud N° 140451 del sistema Payroll/OMBÚ, la Dra. Catalina Legarre,

titular de la Fiscalía CAyT N° 4, solicitó licencia ordinaria por 3 días, entre los días

27/07/2015 y 29/07/2015 inclusive, reincorporándose a sus funciones el 30/07/2015.

Que en virtud de ello corresponde determinar qué funcionario subrogará en sus

funciones a la Dra. Legarre durante su licencia.

Que para el caso de ausencia, licencia, impedimento o vacancia de los fiscales de

primera instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario, rige lo dispuesto en

las Resoluciones FG N° 13/11 y 96/11 las cuales establecen un sistema de

subrogancias automáticas para los casos como el aquí expuesto, debiendo efectuarse

el reemplazo por el equipo inmediatamente anterior en orden, pero estableciendo el

art. 1° de la Resolución FG N° 96/11 que el sistema de reemplazo automático no se

aplicará cuando ello implique que un fiscal asuma dos o más subrogancias

simultáneas y se cuente con disponibilidad de otros magistrados de igual instancia.

Que sin perjuicio de ello, toda vez que el artículo 18 inc. 6 de la Ley orgánica del

Ministerio Público, establece que le corresponde a cada uno de los titulares de los

ámbitos que lo componen "...disponer la cobertura interina de los cargos de Fiscales,

Defensores/as y Asesores/as Tutelares en caso de licencia, impedimento o vacancia.

Se deberán cubrir los cargos por funcionarios del Poder Judicial de la Ciudad de

Buenos Aires.", corresponde que el suscripto disponga el...

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