Resolución Nº 93/GCABA/SGYRI/16

FirmantesStraface
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretarÍA General y Relaciones Internacionales
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2016

VISTO:

el Decreto N° 1.202/05 y sus modificatorios N° 798/06 y N° 1.090/08, el Acta de

Negociación Colectiva N° 06/15 y el Expediente N° 9578407/SGYRI/16, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9°, inciso n), de la Ley N° 471 reconoce a los trabajadores de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, el derecho a la percepción de compensaciones en

carácter de servicios extraordinarios en los casos y condiciones que determine la

reglamentación;

Que por su parte, por el Decreto N° 1.202/05 se reglamentaron los servicios y las

prestaciones

extraordinarias que deban ser cumplidos por los agentes

gubernamentales, cuyo desarrollo exceda sus jornadas normales de labor, los que

serán reconocidos y liquidados bajo la modalidad y concepto de Unidades Retributivas

por Servicios Extraordinarios (URSE) de carácter remunerativo;

Que asimismo, por el artículo 1° del Decreto 798/06, modificatorio del artículo 6° del

mencionado Decreto N° 1.202/05, se estableció que la autorización para habilitar

prestaciones remuneradas mediante el presente sistema será dispuesta, según la

dependencia de la repartición involucrada, por el Ministro o funcionario con nivel o

rango equivalente, o por el Secretario correspondiente, no pudiéndose exceder el tope

por agente de doscientos setenta y cinco (275) URSE anuales cuando éstas sean

realizadas en días hábiles, o de ciento treinta y siete (137) URSE anuales cuando se

realicen en días inhábiles;

Que el artículo 1° del Decreto 1.090/08, modificatorio del artículo 3° del Decreto N°

1.202/05, establece que la prestación de servicios retribuida por el sistema de URSE

podrá encomendarse al personal incluido en la carrera administrativa del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al que se desempeña bajo modalidad de

contrato de empleo público con relación de dependencia contemplado en el Decreto

N° 948/05 y la Resolución N° 959/MHGC/07;

Que el Acta de Negociación Colectiva N° 06/15 suscripta entre el Consejo Social Para

la Negociación Colectiva y el Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad

de Buenos Aires establece la incorporación como derechos del personal que se

encuentra...

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