Resolución Nº 81/GCABA/MDUYTGC/17
Firmantes | Moccia |
Emisor | Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte |
VISTO:
Las Leyes Nros. 3.060, 5.460 y su modificatoria y 5.733, el Decreto N° 363/GCABA/15
y su modificatorio N° 675/GCBA/16, las Resoluciones Nros. 52-MDUYTGC-16, 428-
MDUYTGC-16 y 563-MDUYTGC-16, el Expediente EX-2017- 02057014-MGEYA-
SSTYTRA, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Ley N° 3.060 se otorgó a Autopistas Urbanas Sociedad Anónima
(AUSA) la Concesión de Obra Pública de la Red de Autopistas y Vías Interconectadas
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Puentes de conexión física con la Provincia
de Buenos Aires;
Que el Artículo 2 de la citada ley establece que la concesión tiene por objeto, entre
otras cosas, la ejecución de las obras públicas viales aprobadas por la autoridad de
aplicación;
Que, asimismo por el Artículo 7° de esa ley se designó al entonces Ministerio de
Desarrollo Urbano, o al organismo que en el futuro lo reemplace, como Autoridad de
Aplicación de la misma, facultándolo para reglamentar la concesión, definir el Plan de
Obras e Inversiones, efectuar los ajustes que permitan la efectiva concreción de las
obras y dictar las normas complementarias que fueren menester;
Que la Ley N° 5.460, modificada por la Ley N° 5.503, estableció la estructura
ministerial actualmente vigente y como consecuencia atribuyó al Ministerio de
Desarrollo Urbano y Transporte las facultades del antes Ministerio de Desarrollo
Urbano;
Que el Decreto N° 363/GCBA/15 aprobó la estructura orgánico funcional dependiente
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con las
responsabilidades primarias y objetivos de las Unidades de Organización integrantes
de este Gobierno, siendo dicha estructura orgánica modificada parcialmente por el
Decreto N° 675/GCBA/16, normas que establecen a AUSA como un Organismo Fuera
de Nivel dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que para la correcta elaboración de los proyectos del Plan Maestro de Urbanización
Integral Retiro - Puerto se consideró necesario realizar un Estudio Técnico de Impacto
Ambiental con el objeto de evaluar el impacto que produce la traza de la Autopista Ilia
en la zona y en el ambiente y habitantes de las Villas 31 y 31 bis, quedando de
manifiesto que es imprescindible llevar adelante dicho objetivo sobre la base de un
proyecto que permita el desarrollo de la vía vehicular en total coexistencia...
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