Resolución N° 808 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor12 de Julio de 2017
EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición 4 de Julio de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXI - Nº 131
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 7 DE JULIO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Art 3°.- ESTABLECER los importes a liquidar en concepto de bonicación
mensual, de carácter no remunerativo, jada mediante Decreto N° 436/16
a favor del Personal de la Administración Pública Provincial ó ajena a ella,
asignado a funciones docentes en el marco del Plan FinEs -Deudores de
Materias- con vigencia durante el ciclo lectivo 2017, según lo consignado en
el Anexo II de esta Resolución, compuesto de 1 (una) foja.
Art. 4°.- DISPONER que el pago de dicha bonicación será compatible con
la efectiva prestación del servicio.
Art. 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Anexo: https://goo.gl/S4CrkG
Resolución N° 808
Córdoba, 4 de julio de 2017
VISTO: la implementación del Plan de Finalización de Estudios Primarios
y Secundarios para Jóvenes y Adultos (FinEs), llevada a cabo durante los
ciclos lectivos 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016 según Resolu-
ciones Ministeriales Nros. 174/10, 280/11, 157/12, 302/13, 106/14, 260/15
y 474/16;
Y CONSIDERANDO:
Que es pertinente al Plan FinEs, incluir, articular y fortalecer las ofertas
educativas preexistentes, para potenciar los logros y garantizar la termina-
lidad educativa de Jóvenes y Adultos.
Que resulta necesario ampliar, en esta etapa del Plan FinEs 2, la atención
de la población meta prevista en los lineamientos generales del Plan, in-
corporando a jóvenes a partir de los 18 años de edad que hayan iniciado
y no concluido el cursado en el sistema formal o no haber iniciado la Edu-
cación Secundaria, o bien que hayan sido alfabetizados por el Programa
Encuentro u otros proyectos, y estén interesados en nalizar la Educación
Primaria.
Que por Resolución del Ministerio de Educación y Deportes de la Nación
N° 178/2016 se da continuidad al Plan de Finalización de Estudios Prima-
rios y Secundarios (FinEs), para el período 2016/2019.
Que por Decreto N° 436/16 del Gobierno de la Provincia de Córdoba se
establecen condiciones de aplicación del Plan de Estudios Primarios y Se-
cundarios (FinEs) para el período 2017.
Que es apropiado mejorar la oferta educativa, en orden a garantizar la
oportunidad educativa a discapacitados motores y también a personas en
contexto de encierro.
Que es menester la afectación de personal para desarrollar las tareas per-
tinentes al Plan FinEs 2, por lo que corresponde establecer funciones y
retribuciones que se asignarán por dichas actividades.
Por ello, lo establecido en los arts. 46, 48 y 138 de la Ley N° 26206 y 17,
18, 19 y 20 de la Ley N° 26058, el Dictamen N° 1448/2017 del Área Jurídi-
ca de este Ministerio y lo aconsejado a fs. 26 por la Dirección General de
Asuntos Legales;
E L M I N I S T R O D E E D U C A C I Ó N
R E S U E L V E :
Art. 1°. ESTABLECER, durante el ciclo lectivo 2017, la vigencia del Plan
de Finalización de Estudios Primarios y Secundarios para Jóvenes y Adul-
tos (FinEs) Etapa 2 -Trayecto Educativo Niveles Primario y Medio-, cuya
fundamentación, requisitos de admisión, entidades conveniantes, escue-
las-sedes, modos de inscripción, estructura y funciones de los agentes
intervinientes se especican en el Anexo I de la presente Resolución, com-
puesto de seis (6) fojas.
Art. 2°. DISPONER, que la asignación del personal docente afectado a
este Plan se realice en cada sede por convocatoria abierta con carácter
a término, pudiéndose convocar en primera instancia a quienes ya hayan
participado del mismo en etapas anteriores, según su desempeño, previa
evaluación del Tutor-Coordinador.
Art. 3°. INCORPORAR, al Plan FinEs una oferta educativa destinada a jó-
venes y a adultos que no hayan concluido el Nivel Primario o que no hayan
iniciado o nalizado el Nivel Secundario.
Art. 4°. ESTABLECER los importes a liquidar en concepto de bonicación
mensual de carácter no remunerativo, jada mediante Decreto N° 436/16
a favor del personal de la Administración Pública Provincial o ajena a ella,
asignado a funciones docentes en el marco del Plan FinEs -Trayecto Edu-
cativo- con vigencia durante el ciclo lectivo 2017, según lo consignado en el
Anexo II de esta Resolución, compuesto de una (1) foja.
Art. 5°. DISPONER que el pago de dicha bonicación será compatible con
la efectiva prestación del servicio.
Art. 6°. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
Anexo: https://goo.gl/V4ojeA
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
Resolución N° 132
Córdoba, 04 de julio de 2017.-
VISTO: Lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto N° 779 de fecha 12 de
Junio de 2017,
Y CONSIDERANDO:
Que esta Secretaría de Transporte dependiente del Ministerio de Agua,
Ambiente y Servicios Públicos reviste el carácter de Autoridad de Aplica-

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