Resolución N° 80 Letra:F

EmisorCaja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 86
CORDOBA, (R.A.) MIERCOLES 9 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Que dicho tribunal confecciona Dictamen Final en el cual se nomina a
aquellas participantes que han superado las instancias concursales co-
rrespondientes a los puestos en cuestión; asimismo, se detallan también
los cargos de Director que resultaron fracasados y desiertos, y se incor-
pora la Lista de Orden de Mérito Denitiva, debidamente publicada en el
Boletín Ocial de la Provincia de Córdoba.
Que en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 23 del referido Decreto
Reglamentario N° 930/2015, la Comisión Permanente de Concursos del
Ministerio del ramo eleva las actuaciones a la Dirección General de Educa-
ción Inicial para el progreso del trámite; a su vez, se deja constancia de que
no se han presentado objeciones al procedimiento llevado a cabo.
Que en tales circunstancias, la señora Directora de la Dirección General
actuante, conjuntamente con las señoras Inspectora General de Educación
Inicial y Presidenta de la Junta de Calicaciones y Clasicaciones D.G.E.I.
y D.G.E.P., suscribe Acta de fecha 21 de septiembre de 2017,mediante las
cuales las concursantes ganadoras aceptan la designación en trámite.
Que obra incorporada en autos la imputación presupuestaria pertinente a
los nes de atender a la gestión de marras, la que ha sido elaborada por la
Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Gestión Administrati-
va de la unidad ministerial actuante.
Que en su mérito, habiéndose sustanciado el Concurso de conformidad a lo
establecido por la Ley N° 10.237 y su Decreto Reglamentario N° 930/2015,
y reuniendo las aspirantes los requisitos legales y reglamentarios exigidos
para los cargos propuestos, corresponde disponer su designación como
Directoras (Educación Inicial), en establecimientos educativos dependien-
tes de la D.G.E.I..
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por el ar-
tículo 18 de la Ley N° 8575 y por el artículo 11 de la Ley N° 10.237, lo
dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de Educación bajo los Nros.
120/2018 y 254/2018, por Fiscalía de Estado al N° 305/2018 y en ejercicio
de atribuciones conferidas por el artículo 144, incisos 1° y 10° de la Cons-
titución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1°.-DESÍGNASE, a partir de la fecha del presente instrumento le-
gal y con carácter titular, en diecinueve (19) cargos de Director (Enseñanza
Inicial), en establecimientos escolares dependientes de la Dirección Gene-
ral de Educación Inicial (D.G.E.I.) del Ministerio de Educación, en virtud del
Concurso de Títulos, Antecedentes y Oposición dispuesto por Resolución
N° 46/2017 de la Dirección General mencionada, convalidada por Resolu-
ción Ministerial N° 379/2017,a las personas nominadas en el Anexo I, que
compuesto de una (1) foja útil, se acompaña y forma parte integrante del
presente instrumento legal, de conformidad al detalle allí obrante.
Artículo 2º.-IMPÚTASE el egreso que implique el cumplimiento de lo dis-
puesto en el artículo precedente a Jurisdicción 1.35, Programa 383, Partida
Principal 01, Partida Parcial 01 – Personal Permanente, Grupo 13, confor-
me el siguiente detalle: Cargo 255 – Director de Escuela Primaria de Pri-
mera; Cargo 260 – Director de Escuela Primaria de Segunda; y Cargo265
– Director de Escuela Primaria de Tercera-, del P.V..
Artículo 3º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Educación y Fiscal de Estado, y rmado por la señora Secretaria Gene-
ral de la Gobernación.
Artículo 4º.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Secretaría de
Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación, notifíquese,
publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE
EDUCACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO –SILVINA RI-
VERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN.
ANEXO
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y
RETIROS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución N° 80 Letra:F
Córdoba,23 de abril de 2018
VISTO: Las presentes actuaciones a los nes de adecuar el programa vi-
gente a la Ley N° 10.508 (B.O. 26/12/2017).
Y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución Serie “F” N° 000300 de
fecha 25/07/2013, se creó la “Red de Amigos del Espacio Illia” para que
se adhieran los organismos no gubernamentales legalmente constituidos
con domicilio en la provincia de Córdoba que tengan interés en prestar
servicios de recreación, integración social, formación y otras acciones que
apunten a la contención y sociabilización del adulto mayor, todo en el mar-
co de la Ley N° 9884, art. 5.
Que a través de la Ley N° 10.508 se modicó el art. 117 de la Ley N°
8024 texto según su redacción por Ley N° 9884 en los siguientes términos:
Sustitúyese el artículo 117 de la Ley Nº 8024 y sus modicatorias, por el
siguiente: “Artículo 117.- Créase el “Fondo de Financiamiento de Activida-
des Recreativas y Sociales” con el objeto de nanciar los gastos de fun-
cionamiento del Hogar de Día “Dr. Arturo Umberto Illía” y el nanciamiento
de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba. El Fondo de
Financiamiento de Actividades Recreativas y Sociales se integrará con: a)
Los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a
los beneciarios que reingresaren en la actividad en el sector público pro-
vincial, municipal o comunal, en los términos del artículo 59 de la presente
Ley, b) Los aportes personales y las contribuciones patronales que les co-
rresponde efectuar a las entidades empleadoras cuando los beneciarios
reingresaren en la actividad en el sector público provincial, municipal o
comunal y optaren por continuar percibiendo su haber jubilatorio, prescin-
diendo del salario respectivo, y c) Donaciones, legados, subsidios, sub-
venciones y todo ingreso compatible con la naturaleza y nes del Fondo.
La Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba tiene a su cargo
la administración y gestión del producido del Fondo de Financiamiento de
Actividades Recreativas y Sociales. El organismo previsional destinará el
veinte por ciento (20%) del mismo a programas de funcionamiento del Ho-
gar de Día “Dr. Arturo Umberto Illía” y el ochenta por ciento (80%) restante
al nanciamiento de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Cór-
doba.”

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