Resolucion N° 761 -i-

EmisorMrio. Infraestructura
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2014

RESOLUCION N° 761 -I-

Mendoza, 5 de noviembre de 2014

Visto el expediente N° 1520-D-2014-30093-E-0-7 en el cual la Dirección de Administración de Contratos y Obras Públicas eleva para su aprobación el "Convenio N° 1 de Adicionales", celebrado con la Empresa Oralco S.R.L., contratista de la obra: "Construcción Biblioteca Pública de Malargüe - Departamento Malargüe - Mendoza", según contrato de obra pública aprobado por Resolución N° 729-IE-2013; y

CONSIDERANDO:

Por lo expuesto y teniendo en cuenta lo previsto en el Artículo 49 del Decreto-Ley 4416/80 (de Obras Públicas) y lo dictaminado por la Asesoría Legal del Ministerio,

En ejercicio de las facultades conferidas por Decreto-Acuerdo N° 720/1998 y Artículo 19° del Decreto N° 1497/02

EL MINISTRO

DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébese el "Convenio N° 1 de Adicionales", celebrado en fecha 30 de octubre del año 2014 entre la Dirección de Administración de Contratos y Obras Públicas, representada por su titular, Ingeniero Pablo Gudiño y la Empresa Oralco Sociedad de Responsabilidad Limitada, representada por su Apoderado, Ingeniero Juan Alberto Lapresa, contratista de la obra: "Construcción Biblioteca Pública de Malargüe - Departamento Malargüe - Mendoza" según contrato de obra pública aprobado por Resolución N° 729-IE-2013. El referido instrumento en fotocopia autenticada, constante de una (1) hoja, integra la presente resolución como Anexo.

Articulo 2°

El gasto emergente del Convenio aprobado por la presente resolución, será atendido por intermedio de la Tesorería General de la Provincia, con cargo al Presupuesto vigente Ejercicio 2014, Unidad de Gestión de Crédito: O95405-512-01-000, Unidad de Gestión de Consumo: O95405, de acuerdo con el siguiente detalle:

• Adicional

Obra Pública

• Variaciones

de Precios

Total General

Son: Doscientos cuarenta y siete mil nueve pesos con cincuenta y siete centavos.

Artículo 3°

Autorícese a los Servicios Administrativos pertinentes a imputar directamente del crédito presupuestario de la partida de la obra pública de que se trata, el monto necesario para atender el Item: "Variaciones de Precios", en los casos en que la suma prevista originalmente resulte insuficiente para atender las obras en ejecución y a ejecutar en el futuro.

Artículo 4°

Comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Rolando D. Baldasso

_______

ANEXO

Expte. N° 1520-D-2015-30093-E-0-7

CONVENTO N° 1

DE...

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