Resolución Nº 73/GCABA/MHYDHGC/16
Firmantes | Tagliaferri |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de HÁBitat y Desarrollo Humano |
Fecha de la disposición | 5 de Febrero de 2016 |
VISTO:
La Ley N° 70, el Decreto N° 1000/99 y 2/16, la Disposición N° 24-DGOGPP-11 y el
Expediente Electrónico N° 38916060/MGEYA/DGTALMHYDH/2016, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Art. 25 de la Ley N° 70, establece que los responsables de programas,
proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar
un informe final sobre su gestión, correspondiendo además, prestar colaboración a
quien legítimamente resulte sucesor en el cargo, resultando dicha tarea de carácter
remunerada;
Que, por otra parte, el Art. 14 del Decreto N° 1000/99, establece que la Oficina de
Gestión Publica y Presupuesto debe determinar las características y el alcance del
citado informe final de gestión;
Que, por Disposición N° 24-DGOGPP-11, la citada Oficina estableció los estándares
vigentes para la presentación de dicho informe;
Que, por Decreto N° 687/2011, se designó a la Sra. Aguerre, Magdalena DNI N°
27.050.029 CUIL N° 27-27050029-9, al cargo de Subsecretaria de la entonces
Subsecretaría de Administración dependiente del ex Ministerio de Desarrollo Social;
Que, la Sra. Aguerre, Magdalena DNI N° 27.050.029 CUIL N° 27-27050029-9 ha
presentado la renuncia al aludido cargo, a partir del 10 de diciembre de 2015, y la
misma ha sido aceptada Decreto N° 108/16;
Que, por lo expuesto anteriormente, resulta procedente tener por cumplida la actividad
desplegada por el funcionario dimitente en el marco del Art. 25 de la Ley N° 70.
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,
LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO
RESUELVE
Gestión presentado por la Sra. Aguerre, Magdalena, DNI N° 27.050.029, CUIL N° 27-
27050029-9, al cargo de Subsecretaria de la entonces Subsecretaría de
Administración dependiente del ex Ministerio de Desarrollo Social, la cual fuera
designada por Decreto N° 687/2011, debiendo percibir una remuneración equivalente
a la del cargo que ocupaba, conforme lo establecido en el Art. 14 del Decreto N°
1000/GCBA/1999.
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