Resolución Nº 73/GCABA/MHYDHGC/16

FirmantesTagliaferri
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de HÁBitat y Desarrollo Humano
Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2016

VISTO:

La Ley N° 70, el Decreto N° 1000/99 y 2/16, la Disposición N° 24-DGOGPP-11 y el

Expediente Electrónico N° 38916060/MGEYA/DGTALMHYDH/2016, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Art. 25 de la Ley N° 70, establece que los responsables de programas,

proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar

un informe final sobre su gestión, correspondiendo además, prestar colaboración a

quien legítimamente resulte sucesor en el cargo, resultando dicha tarea de carácter

remunerada;

Que, por otra parte, el Art. 14 del Decreto N° 1000/99, establece que la Oficina de

Gestión Publica y Presupuesto debe determinar las características y el alcance del

citado informe final de gestión;

Que, por Disposición N° 24-DGOGPP-11, la citada Oficina estableció los estándares

vigentes para la presentación de dicho informe;

Que, por Decreto N° 687/2011, se designó a la Sra. Aguerre, Magdalena DNI N°

27.050.029 CUIL N° 27-27050029-9, al cargo de Subsecretaria de la entonces

Subsecretaría de Administración dependiente del ex Ministerio de Desarrollo Social;

Que, la Sra. Aguerre, Magdalena DNI N° 27.050.029 CUIL N° 27-27050029-9 ha

presentado la renuncia al aludido cargo, a partir del 10 de diciembre de 2015, y la

misma ha sido aceptada Decreto N° 108/16;

Que, por lo expuesto anteriormente, resulta procedente tener por cumplida la actividad

desplegada por el funcionario dimitente en el marco del Art. 25 de la Ley N° 70.

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias,

LA MINISTRA DE HABITAT Y DESARROLLO HUMANO

RESUELVE

Artículo 1 Apruébase, en el marco del Art. 25 de la Ley N° 70, el Informe Final de

Gestión presentado por la Sra. Aguerre, Magdalena, DNI N° 27.050.029, CUIL N° 27-

27050029-9, al cargo de Subsecretaria de la entonces Subsecretaría de

Administración dependiente del ex Ministerio de Desarrollo Social, la cual fuera

designada por Decreto N° 687/2011, debiendo percibir una remuneración equivalente

a la del cargo que ocupaba, conforme lo establecido en el Art. 14 del Decreto N°

1000/GCBA/1999.

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