Resolución Nº 72/GCABA/SGCBA/16
Firmantes | Freda |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 29 de Marzo de 2016 |
VISTO:
La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 70 (BOCBA N° 539), las
Resoluciones N° 4-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597) y N° 123-SGCBA/15 (BOCBA N°
4.790), el Expediente Electrónico N° 8.663.095-MGEYA-SGCBA/16, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad es un Organismo que
posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que la Ley N° 70, en su artículo 130, inciso 2), otorga al/la Síndico/a General las
atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura
General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de
personal;
Que por Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprobó el Estatuto del Personal de la
Sindicatura de la Ciudad;
Que el artículo 55 del mencionado Estatuto, en su último párrafo establece, respecto a
la licencia por maternidad, que "Vencido el lapso previsto para el periodo de post-
parto, la trabajadora podrá optar por extender su licencia hasta ciento veinte (120) días
corridos más, sin percepción de haberes";
Que por Resolución N° 123-SGCBA/15 se le concedió la extensión de la licencia por
maternidad sin goce de haberes a la Sra. Ivanna Valeria MASTRICCHIO (D.N.I. N°
29.077.034 - Ficha N° 444.516), a partir del día 9 de diciembre de 2015, y por el
término de ciento veinte (120) días corridos, reteniéndosele la partida presupuestaria
de la Planta Permanente de la Sindicatura General de la Ciudad;
Que según surge del Expediente citado en el Visto, la Sra. Ivanna Valeria
MASTRICCHIO (D.N.I. N° 29.077.034 - Ficha N° 444.516) solicitó suspender, a partir
del día 14 de marzo de 2016, la extensión de la licencia por maternidad sin goce de
haberes que se encontraba usufructuando;
Que atento a lo expuesto, corresponde acceder a lo peticionado;
Que la Subgerencia Operativa de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que
resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 9.460.133-
SGCBA/16.
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