Resolución Nº 7108/GCABA/MCGC/15
Firmantes | Lombardi |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Cultura |
Fecha de la disposición | 17 de Septiembre de 2015 |
VISTO:
La Ley N° 2.264, la Resolución N° 648/MCGC/10 y el Expediente N° 6.775.660/13, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.264 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de
la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la de
aprobar, objetar o rechazar con causa fundada las rendiciones de cuentas
documentadas que deben presentar los beneficiarios del Régimen;
Que la Resolución N° 648/MCGC/10 establece que los beneficiarios del Régimen
deben presentar un Informe de Actividades y un Informe Financiero referidos al
proyecto realizado, como así también determina el plazo en el que debe cumplirse con
la presentación de dicha rendición;
Que por los presentes tramitó el proyecto N° 1753/RPC/13 titulado "Buenos Aires,
Memoria Antigua, Antología Fotográfica del Siglo XIX", siendo responsable del mismo
la Fundación Centro de Estudios para Políticas Públicas Aplicadas CUIT 30-64190611-
1, el cual fue aprobado mediante Resolución N° 6700/MCGC/13 por resultar el mismo
de interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que se estableció mediante la mencionada Resolución que el financiamiento del
proyecto aprobado alcanzaría a la suma máxima de PESOS CUATROCIENTOS
VEINTIDOS MIL VEINTISIETE ($ 422.027.-);
Que la entidad responsable del proyecto ha presentado en tiempo y forma los informes
requeridos a modo de rendición, constando que el monto total ejecutado es de $
422.668,96.- y los comprobantes adjuntados como prueba cumplen en sus aspectos
formales con los requerimientos legales vigentes;
Que la Subgerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural informa que la
recaudación vía Régimen Mecenazgo asciende a la suma de PESOS
CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL VEINTISIETE ($ 422.027.-) y que el monto
restante fue aportado por la beneficiaria;
Que, asimismo, y tal como surge del Acta N° 177 del Consejo de Promoción Cultural
(orden 18) se advierte que el proyecto de marras si bien ha logrado una publicación de
gran calidad, ha incluido el logotipo del benefactor, lo cual contradice el texto de la Ley
N° 2.264, en detrimento del estímulo que debe darse a los...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba