Resolución Nº 71/GCABA/MHYDHGC/17

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EmisorMINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO

VISTO:

Los Decretos Nros. 638/07 y 363/15, la Resolución N° 446/MHGC/2016, y el

Expediente Electrónico N° 27400925/MGEYA/SECTED/2016,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 638/07 se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares

de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar

designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete

correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones

correspondientes en cada caso;

Que por Resolución N° 446/MHGC/2016 se estableció que el excedente de Unidades

Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo

7° y 8° del Decreto N° 363/15, podrán ser administrados como Suplemento de

Gabinete;

Que, el señor Secretario de la Secretaría de Tercera Edad dependiente de este

Ministerio, solicita el cese por renuncia del Sr. Fortuna, Alberto Salvador, CUIL N° 20-

11876976-8, como personal de la Planta de Gabinete, a partir del 1 de noviembre de

2016, quien fuera designado mediante Resolución N° 392/MHYDHGC/16;

Que, la precitada Secretaría solicita se modifique a partir del 01 de noviembre de 2016

las Unidades retrbutivas Mensuales que ostenta la señora Beneventano, Valeria

Noemi, CUIL N° 27-24663319-9 y la Sra. Hernandez, Gabriela Roxana, CUIL N° 27-

20202653-8, como personal de la Planta de Gabinete que nos ocupa;

Que, por otra parte, dicha Secretaría, propicia la designación a partir del 1 de

diciembre de 2016, de la Sra. Pozza Mariana Soledad CUIL N° 27-38067365-2, como

personal de su planta de gabinete;

Que, asimismo propicia la asignación de suplemento de gabinete, a la Sra. Laperyere,

Patricia, CUIL 27-12080116-9, quien revista como personal de planta permanente;

Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes ha tomado la

debida intervención a fin de verificar que la Secretaría de Tercera Edad cuenta con las

unidades retributivas necesarias para hacer frente a la mencionada asignación, sin

objeciones que formular al respecto.

Por ello, en virtud de las facultades...

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