Resolución Nº 71/GCABA/MHYDHGC/17
Firmantes | Tagliaferri |
Emisor | MINISTERIO DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO |
VISTO:
Los Decretos Nros. 638/07 y 363/15, la Resolución N° 446/MHGC/2016, y el
Expediente Electrónico N° 27400925/MGEYA/SECTED/2016,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 638/07 se delegó a los señores Ministros, Secretarios y titulares
de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar
designaciones y disponer ceses del personal de las Plantas de Gabinete
correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las modificaciones
correspondientes en cada caso;
Que por Resolución N° 446/MHGC/2016 se estableció que el excedente de Unidades
Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en los términos del artículo
7° y 8° del Decreto N° 363/15, podrán ser administrados como Suplemento de
Gabinete;
Que, el señor Secretario de la Secretaría de Tercera Edad dependiente de este
Ministerio, solicita el cese por renuncia del Sr. Fortuna, Alberto Salvador, CUIL N° 20-
11876976-8, como personal de la Planta de Gabinete, a partir del 1 de noviembre de
2016, quien fuera designado mediante Resolución N° 392/MHYDHGC/16;
Que, la precitada Secretaría solicita se modifique a partir del 01 de noviembre de 2016
las Unidades retrbutivas Mensuales que ostenta la señora Beneventano, Valeria
Noemi, CUIL N° 27-24663319-9 y la Sra. Hernandez, Gabriela Roxana, CUIL N° 27-
20202653-8, como personal de la Planta de Gabinete que nos ocupa;
Que, por otra parte, dicha Secretaría, propicia la designación a partir del 1 de
diciembre de 2016, de la Sra. Pozza Mariana Soledad CUIL N° 27-38067365-2, como
personal de su planta de gabinete;
Que, asimismo propicia la asignación de suplemento de gabinete, a la Sra. Laperyere,
Patricia, CUIL 27-12080116-9, quien revista como personal de planta permanente;
Que la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes ha tomado la
debida intervención a fin de verificar que la Secretaría de Tercera Edad cuenta con las
unidades retributivas necesarias para hacer frente a la mencionada asignación, sin
objeciones que formular al respecto.
Por ello, en virtud de las facultades...
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