Decreto N° 638/07

FirmantesTelerman-Beros
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 2 de Mayo de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 638/ 07

SE DELEGA EN LOS-AS MINISTROS-AS, SECRETARIOS-AS Y A LOS TITULARES DE LAS UNIDADES DE ORGANIZACIÓN, CON RANGO EQUIVALENTE, LA FACULTAD DE MODIFICAR LAS PLANTAS DE GABINETE DE SU JURISDICCIÓN - CESE Y DESIGNACIÓN

Buenos Aires, 02/05/2007

Visto el Decreto N° 1.143/05 (B.O.C.B.A. N° 2250) y modificatorios y el Expediente N° 27.740/07, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1.143/05 y sus modificatorios regulan el régimen vigente para los trabajadores de gabinete de las autoridades superiores dependientes del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicha normativa establece que las designaciones del personal de planta de gabinete son efectuadas por este Poder Ejecutivo;

Que, atento que las plantas de gabinete se encuentran valorizadas y financiadas en cada ejercicio, se entiende conveniente delegar en cada jurisdicción el dictado de las normas necesarias para la designación y cese del personal de gabinete de las autoridades de este Gobierno;

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Delégase en los/as señores/as Ministros/as, Secretarios/as y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar las designaciones y disponer los ceses del personal de las plantas de gabinete correspondientes a su jurisdicción, así como la de aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso.

Facúltase a la Secretaría Legal y Técnica para efectuar las designaciones y ceses del personal de la planta de gabinete correspondiente a la Jefatura de Gobierno y a la Vicejefatura de Gobierno, así como para aprobar las modificaciones correspondientes, previa propuesta, en cada supuesto, del Jefe de Gobierno o del Vicejefe de Gobierno, en su caso.

Artículo 2°

Cada propuesta de designación, cese o modificación debe ser remitida a la Dirección General de Recursos Humanos, en forma previa al dictado del respectivo acto administrativo.

Artículo 3°

Las designaciones que se efectúen como consecuencia del presente decreto deben ser aprobadas dentro de los veinte (20) días de efectuada la solicitud, a...

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