Resolución Nº 690/GCABA/MMIYTGC/17
Firmantes | Moccia p/p |
Emisor | MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA |
VISTO:
Los Decretos Nros. 638/07 y su modificatorio N° 117/17, 363/15, 34/16 y 439/16, las
Resoluciones Nros. 446/MHGC/16 y su modificatoria y 330/MJGGC/17, el Expediente
Electrónico N° 21.914.973/UPEEI/17, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 638/07 y su modificatorio N° 117/17, se delegó, entre otros, a
los señores Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o
nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, la facultad de efectuar designaciones y disponer ceses del personal de las
Plantas de Gabinete correspondientes a su jurisdicción, como así también aprobar las
modificaciones correspondientes en cada caso;
Que por el artículo 7° del Decreto N° 363/15, se instituyó el nuevo Régimen Modular
de Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto N° 439/16 se creó la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)
"Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" como Organismo
Fuera de Nivel, en el ámbito del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología,
estableciendo sus objetivos, responsabilidades primarias y acciones;
Que por Resolución N° 446/MHGC/16 y su modificatoria, se estableció que el
excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en
los términos del artículo 7° y 8° del Decreto N° 363/15, podrán ser administrados como
Suplemento de Gabinete;
Que por el Expediente mencionado en el Visto, el Titular de la Unidad de Proyectos
Especial (UPE) "Ecoparque Interactivo de la Ciudad de Buenos Aires" del Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología, solicitó se otorgue un Suplemento de
Gabinete para diversos agentes, quienes revistan como Planta Transitoria de la
mencionada Unidad que se detallan en el Anexo I de la presente (IF
N°23.272.010/DGTALMMIYT/17);
Que a tal fin, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido;
Que por el artículo 1° del Decreto N° 34/16, se estableció que en caso de ausencia o
vacancia del Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología, el reemplazante es
el Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte;
Que por Resolución N° 330/MJGGC/17, se encomendó al suscripto la atención de los
asuntos y firma del despacho del Sr. Ministro de...
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