Resolución N° 645

EmisorMinisterio de Gobierno y Seguridad
Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCXI - Nº 220 CÓRDOBA, 16 de Noviembre de 20152
VIENE DE TAPA
Córdoba, como así la designación de los coordinadores de la
citada Junta.
Que obra Acta Constitutiva de la Junta de Participación
Ciudadana debidamente suscripta el día 20 de Agosto de 2015
por los integrantes de dicho Barrio.
Que lo actuado se adecua a lo prescripto por los artículos 5 ap.
III, 12, 13 y 14 de la Ley 9235 y la Resolución N° 03/09 del
entonces Ministerio de Gobierno.
Que asimismo se propone designar para desempeñarse como
Coordinador y Coordinador suplente de la mencionada Junta, a
las señoras Marisa Susana Leiva y Rosana Beatriz Leiva.
Que dentro del marco de la Ley de Seguridad Pública, las
Juntas de Participación Ciudadana como auxiliares del Sistema
de Seguridad Pública, se constituyen como ámbito de encuentro
comunitario donde se desarrollan programas, subprogramas,
proyectos y actividades que garanticen el cumplimiento del Plan
Estratégico Provincial para la Prevención Integral, que atienden
problemáticas específicas locales y/o regionales, enmarcadas
en el irrestricto respeto por los derechos humanos y el estado de
derecho.
Que por lo expuesto y la normativa citada, corresponde
reconocer la Junta Constituida y ordenar su inscripción en el
Registro creado al efecto.
Por ello y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de
Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Seguridad bajo el
N° 841/2015, y en uso de las atribuciones conferidas mediante
los Arts. 18 inc 4), ap. d), 10 y 11 del Decreto N° 1387/2013,
ratificado por la Ley 10.185;
EL MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
R E S U E L V E
Artículo 1°.- TÉNGASE por constituida la Junta de Participación
Ciudadana para la Prevención Integral de Barrio Los Eucaliptos,
de la Ciudad de Córdoba, y por DESIGNADOS a las señoras
Marisa Susana LEIVA (D.N.I. N° 21.756.223) y Rosana Beatriz
LEIVA (D.N.I. N° 27.172.485) como Coordinadora y
Coordinadora Suplente respectivamente.
Artículo 2°.- INSCRÍBASE en el Registro pertinente.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. MARCOS C. FARINA
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
Resolución N° 645
Córdoba, 3 de Noviembre de 2015.
VISTO: el Expediente Nº 0531-044874/2014, en el que se
tramita la habilitación para funcionar como Prestadora Privada
de Seguridad de la empresa “LA TORRE SEGURIDAD INTE-
GRAL S.R.L”, CUIT 30-71428460-2, y la habilitación de sus
Directores Técnicos Responsable y Sustituto.
Y CONSIDERANDO:
Que analizada la documentación obrante en autos, se
desprende que se han cumplimentado los requisitos legales
exigidos por los artículos 17, 18, 24, 25 y concordantes de la Ley
N° 9236 para la habilitación y designación que se solicita.
Que dichos requisitos figuran en el detalle emitido por la Sección
Control de la Dirección de Prestadores Privados de Seguridad
que obra en autos.
Que luce incorporada Acta de Inspección realizada a la Empresa
de autos, donde consta que la misma se encuentra en condiciones
de funcionar.
Que al respecto, el Director de Jurisdicción de Prestadores
Privados de Seguridad, en su informe N° 000382, se expide
favorablemente respecto a la habilitación de la firma peticionante,
como así también la de sus Directores Técnicos Responsable y
Sustituto.
Por ello, en virtud de lo prescripto en el art. 10 de la Ley N°
9236, del art. 18 inc. 14) del Decreto N° 1387/13 ratificado por la
Ley N° 10.185; y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción
de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Seguridad bajo
el N° 604/2014.
EL MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- AUTORIZASE el funcionamiento como Prestadora
Privada de Seguridad de la empresa “La Torre Seguridad Inte-
gral S.R.L.”, CUIT 30-71428460-2, con domicilio en calle Oncativo
Nº 67 1° “B”, de Barrio Centro, Córdoba Capital, Provincia de
Córdoba, sin la autorización para el uso de armas.
Artículo 2º.- HABILITASE por el término de dos (2) años a los
señores Daniel Alberto AGULLES (D.N.I. N° 14.693.421) y
Vicente Norberto AGULLES (D.N.I. N° 12.626.000), como
Directores Técnicos Responsable y Sustituto respectivamente,
de la mencionada Entidad.
Artículo 3º.- Por intermedio de la Dirección de Jurisdicción de
Prestadores Privados de Seguridad dependiente del Ministerio
de Gobierno y Seguridad, extiéndase a ambos Directores
Técnicos, Responsable y Sustituto respectivamente, credencial
habilitante, sin autorización para el uso de armas.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial y archívese.
DR. MARCOS C. FARINA
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
MINISTERIO DE
EDUCACION
Resolución N° 1439
Córdoba, 5 de noviembre de 2015
VISTO: Los Expedientes Nros. 0109-123595/2015, 0622-
125862/2014, 0109-123398/2015, 0109-116432/2013, 0109-
118626/2014 y 0109-119155/2014 del registro del Ministerio de
Educación,
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas
a las renuncias por motivos particulares presentadas por docentes
dependientes de este Ministerio.
Que de las constancias de autos surge que los docentes que se
nominan en el Anexo I del presente instrumento legal, presentaron
la renuncia por razones particulares a cargos que cada uno
detentaba.
Que se ha dado cumplimiento con las disposiciones legales
vigentes.
Que de las respectivas situaciones de revista surge que los
docentes no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o
investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos y lo dictaminado por el Área
Jurídica de este Ministerio en cada caso en particular;
E L M I N I S T R O D E E D U C A C I O N
R E S U E L V E :
Art. 1º.- ACEPTAR las renuncias presentadas, por razones
particulares por el siguiente personal docente dependiente de
este Ministerio, que se nomina en el Anexo I a la presente
resolución, compuesto de una (1) foja, a los cargos,
establecimientos y a partir de la fecha que en cada caso se
especifican.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín ficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://goo.gl/d03kND
Resolución N° 1440
Córdoba, 5 de noviembre de 2015
VISTO: Los Trámites Nros. DEIP01-751375050-812,
SDEE01-248188132-014, DEIP01-775010050-914, DEIP01-
591346050-714, DEIP01-664387050-514 y DGES01-
552072132-414, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas
a las renuncias condicionadas al otorgamiento del beneficio pre-
visional presentadas por personal docente dependiente de este
Ministerio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de
Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, mencionadas en
el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó a los peticionantes
el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los
interesados no se encuentran suspendidos, ni existe sumario o
investigación administrativa pendiente en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso
particular por el Área Jurídica de este Ministerio y en uso de sus
atribuciones;
E L M I N I S T R O D E E D U C A C I O N
R E S U E L V E
Art. 1°.- ACEPTAR en forma definitiva, las renuncias
presentadas por personal docente dependiente de este
Ministerio, que se consigna en el Anexo I, el que compuesto de
una (1) foja forma parte de este instrumento legal, a partir de las
fechas que en cada caso se especifica, para acogerse a los
beneficios de la Jubilación Ordinaria, conforme a las Resoluciones
emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de
Córdoba allí mencionadas.
Art. 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el
Boletín Oficial y archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://goo.gl/F6mMdw

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