Resolución Nº 6/GCABA/RPCYCPJ/17

FirmantesNajenson
EmisorREGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO Y CONTRALOR DE PERSONAS JURÍDICAS - F/N

VISTO:

Los Decretos Nros. 638/07 y 675/16, la Resolución N° 446/MHGC/16 y

2622/SSGRH/16 y el Expediente Electrónico N° 4942995/MGEYA-RPCYCPJ/17, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto N° 638/07, se delega en los/as señores/as Ministros/as,

Secretarios/as y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad

de efectuar las designaciones del personal de planta de gabinete correspondiente a su

jurisdicción;

Que, por Decreto N° 675/16, se modifica la Estructura Orgánico Funcional del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, entre otras medidas, el Decreto N° 675/16 crea el Régimen Modular

Extraordinario de Plantas de Gabinete, por el período comprendido entre el 1 de enero

de 2017 y el 31 de diciembre de 2017 y establece que el personal que se designe bajo

el mencionado Régimen se regirá según los dispuesto por el artículo 8° del Decreto N°

363/15;

Que, mediante Resolución N° 446/MHGC/16, se establecen las pautas para la

asignación del excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignadas y

no utilizadas;

Que, la Resolución N° 2622/SSGRH/16 aprueba el procedimiento administrativo para

la asignación de la Bonificación Extraordinaria, en el marco de lo establecido en el

Artículo 1°

inciso b), de la Resolución N° 446-MHGC/16;

Que, la Dirección General de Planificación y Control Operativo informa que el saldo de

Unidades Retributivas aplicables al Organismo de Registro Público de Comercio y

Contralor de Personas Jurídicas es de 43200;

Que, por Expediente Electrónico N° 4942995/MGEYA-RPCYCPJ/17 se propicia

asignar la cantidad de seis mil ciento treinta y seis (6136) Unidades Retributivas, en

concepto de Bonificación Extraordinaria, a la agente Laura Susana Acevedo, CUIL N°

27-16641958-7, quien se desempeña como personal de planta permanente del

Registro Público de Comercio y Contralor de Personas Jurídicas del Ministerio de

Justicia y Seguridad;

Que se dio intervención a la Dirección General Administración y Liquidación de

Haberes,

Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que permita otorgar la

Bonificación propiciada.

Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1 del Decreto N°

638/GCABA/07,

EL DIRECTOR

DEL ORGANISMO DEL REGISTRO...

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