Resolución N° 6 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Noviembre de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXV - Nº 225
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 17 DE NOVIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
cursos nancieros asignados por la Ley Nº 10.410 Presupuesto General
de la Administración Pública Provincial año 2017, en el marco de la Ley Nº
9086; Decretos Nº 1966/09 y 150/04 y modicatorios el Poder Ejecutivo
Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1966/09 se faculta a los titulares de cada uno de los
Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las mo-
dicaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados
dentro de su misma jurisdicción, adecuando los montos, fuentes de nan-
ciamiento, plazos, alcance y toda otra adecuación que corresponda en los
Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los
nes de reejar las modicaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que en los citados expedientes obran los correspondientes documentos
de modicación de créditos presupuestarios intervenidos por la Secretaría
Administrativa de esta Legislatura Provincial con la debida toma de razón
por el Tribunal de Cuentas de la Provincia y que se detallan en el Anexo
Único del presente acto.
Que, asimismo, la Resolución Nº 13/09 de la Dirección General de Pre-
supuesto e Inversiones Públicas (punto 4.1.3.3.) dispone que se formalice
dicha modicación mediante el dictado de una Resolución mensual, con
posterior comunicación a la Legislatura, al Tribunal de Cuentas y a la Di-
rección General de Presupuesto e Inversiones Públicas.
Que las modicaciones propuestas y autorizadas se encuadran en las dis-
posiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in ne de
la Ley Nº 9086 de Administración Financiera y del Control Interno de la
Administración General del Estado Provincial.
Que el presente acto se dicta conforme a la autoridad investida por el ar-
tículo 84 de la Constitución de la Provincia y a las atribuciones conferidas
por el artículo 30 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Provincia
de Córdoba.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los Arts. 30
y 41 del Reglamento Interno, la reglamentación del Art. 31 de la Ley Nº
9086, por Decreto Nº 150/2004 modicado por Decreto Nº 1966/2009 y
Decreto Nº 1314/11 del Poder Ejecutivo Provincial y la Resolución Nº 13/09
de la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas Provincial
(punto 4.1.3.3.).
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, EN EL
CARÁCTER DE PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º.- FORMALIZAR las compensaciones de Recursos Financieros
del Presupuesto General de la Administración Provincial correspondiente
a los meses de marzo, abril y mayo de 2017 las que se detallan en los
Reportes SUAF Documento de Autorización de Modicación de Crédito
Presupuestario, que como Anexo Único -con cuatro (4) fojas útiles- forma
parte integrante de la presente Resolución, conteniendo un total de cuatro
(4) Documentos SUAF.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de
Presupuesto e Inversiones Públicas, al Tribunal de Cuentas, a la Conta-
duría General de la Provincia y a la Legislatura, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.-
MARTIN M. LLARYORA, VICEGOBERNADOR - SEBASTIAN MATIAS ROSSA, SE-
CRETARIO ADMINISTRATIVO
Anexo: https://goo.gl/dydgge
Resolución N° 6
Córdoba, 15 de Setiembre de 2017
VISTO: El expte. N° 0523-00227/17, “DIR. ADMINISTRACIÓN Y PERSO-
NAL. COMPENSACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS Nº 6”; y el Expte
N 0523-00252/17, “DIR. ADMINISTRACIÓN Y PERSONAL. COMPENSA-
CIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS Nº 7”, por los que se propician las
compensaciones de recursos nancieros asignados por la Ley Nº 10.410
Presupuesto General de la Administración Pública Provincial año 2017, en
el marco de la Ley Nº 9086; Decretos Nº 1966/09 y 150/04 y modicatorios
el Poder Ejecutivo Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1966/09 se faculta a los titulares de cada uno de los
Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las mo-
dicaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados
dentro de su misma jurisdicción, adecuando los montos, fuentes de nan-
ciamiento, plazos, alcance y toda otra adecuación que corresponda en los
Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los
nes de reejar las modicaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que en los citados expedientes obran los correspondientes documentos
de modicación de créditos presupuestarios intervenidos por la Secretaría
Administrativa de esta Legislatura Provincial con la debida toma de razón
por el Tribunal de Cuentas de la Provincia y que se detallan en el Anexo
Único del presente acto.
Que, asimismo, la Resolución Nº 13/09 de la Dirección General de Pre-
supuesto e Inversiones Públicas (punto 4.1.3.3.) dispone que se formalice
dicha modicación mediante el dictado de una Resolución mensual, con
posterior comunicación a la Legislatura, al Tribunal de Cuentas y a la Di-
rección General de Presupuesto e Inversiones Públicas.
Que las modicaciones propuestas y autorizadas se encuadran en las dis-
posiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in ne de
la Ley Nº 9086 de Administración Financiera y del Control Interno de la
Administración General del Estado Provincial.
Que el presente acto se dicta conforme a la autoridad investida por el ar-
tículo 84 de la Constitución de la Provincia y a las atribuciones conferidas
por el artículo 30 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Provincia
de Córdoba.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los Arts. 30
y 41 del Reglamento Interno, la reglamentación del Art. 31 de la Ley Nº
9086, por Decreto Nº 150/2004 modicado por Decreto Nº 1966/2009 y
Decreto Nº 1314/11 del Poder Ejecutivo Provincial y la Resolución Nº 13/09
de la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas Provincial

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