Resolución N° 6 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 27 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Ministerio de finanzas |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXV - Nº 225
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 17 DE NOVIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
cursos nancieros asignados por la Ley Nº 10.410 Presupuesto General
de la Administración Pública Provincial año 2017, en el marco de la Ley Nº
9086; Decretos Nº 1966/09 y 150/04 y modicatorios el Poder Ejecutivo
Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1966/09 se faculta a los titulares de cada uno de los
Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las mo-
dicaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados
dentro de su misma jurisdicción, adecuando los montos, fuentes de nan-
ciamiento, plazos, alcance y toda otra adecuación que corresponda en los
Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los
nes de reejar las modicaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que en los citados expedientes obran los correspondientes documentos
de modicación de créditos presupuestarios intervenidos por la Secretaría
Administrativa de esta Legislatura Provincial con la debida toma de razón
por el Tribunal de Cuentas de la Provincia y que se detallan en el Anexo
Único del presente acto.
Que, asimismo, la Resolución Nº 13/09 de la Dirección General de Pre-
supuesto e Inversiones Públicas (punto 4.1.3.3.) dispone que se formalice
dicha modicación mediante el dictado de una Resolución mensual, con
posterior comunicación a la Legislatura, al Tribunal de Cuentas y a la Di-
rección General de Presupuesto e Inversiones Públicas.
Que las modicaciones propuestas y autorizadas se encuadran en las dis-
posiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in ne de
la Ley Nº 9086 de Administración Financiera y del Control Interno de la
Administración General del Estado Provincial.
Que el presente acto se dicta conforme a la autoridad investida por el ar-
tículo 84 de la Constitución de la Provincia y a las atribuciones conferidas
por el artículo 30 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Provincia
de Córdoba.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los Arts. 30
y 41 del Reglamento Interno, la reglamentación del Art. 31 de la Ley Nº
9086, por Decreto Nº 150/2004 modicado por Decreto Nº 1966/2009 y
Decreto Nº 1314/11 del Poder Ejecutivo Provincial y la Resolución Nº 13/09
de la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas Provincial
(punto 4.1.3.3.).
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, EN EL
CARÁCTER DE PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º.- FORMALIZAR las compensaciones de Recursos Financieros
del Presupuesto General de la Administración Provincial correspondiente
a los meses de marzo, abril y mayo de 2017 las que se detallan en los
Reportes SUAF Documento de Autorización de Modicación de Crédito
Presupuestario, que como Anexo Único -con cuatro (4) fojas útiles- forma
parte integrante de la presente Resolución, conteniendo un total de cuatro
(4) Documentos SUAF.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de
Presupuesto e Inversiones Públicas, al Tribunal de Cuentas, a la Conta-
duría General de la Provincia y a la Legislatura, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.-
MARTIN M. LLARYORA, VICEGOBERNADOR - SEBASTIAN MATIAS ROSSA, SE-
CRETARIO ADMINISTRATIVO
Anexo: https://goo.gl/dydgge
Resolución N° 6
Córdoba, 15 de Setiembre de 2017
VISTO: El expte. N° 0523-00227/17, “DIR. ADMINISTRACIÓN Y PERSO-
NAL. COMPENSACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS Nº 6”; y el Expte
N 0523-00252/17, “DIR. ADMINISTRACIÓN Y PERSONAL. COMPENSA-
CIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS Nº 7”, por los que se propician las
compensaciones de recursos nancieros asignados por la Ley Nº 10.410
Presupuesto General de la Administración Pública Provincial año 2017, en
el marco de la Ley Nº 9086; Decretos Nº 1966/09 y 150/04 y modicatorios
el Poder Ejecutivo Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1966/09 se faculta a los titulares de cada uno de los
Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las mo-
dicaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados
dentro de su misma jurisdicción, adecuando los montos, fuentes de nan-
ciamiento, plazos, alcance y toda otra adecuación que corresponda en los
Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los
nes de reejar las modicaciones que se dispongan durante su ejecución.
Que en los citados expedientes obran los correspondientes documentos
de modicación de créditos presupuestarios intervenidos por la Secretaría
Administrativa de esta Legislatura Provincial con la debida toma de razón
por el Tribunal de Cuentas de la Provincia y que se detallan en el Anexo
Único del presente acto.
Que, asimismo, la Resolución Nº 13/09 de la Dirección General de Pre-
supuesto e Inversiones Públicas (punto 4.1.3.3.) dispone que se formalice
dicha modicación mediante el dictado de una Resolución mensual, con
posterior comunicación a la Legislatura, al Tribunal de Cuentas y a la Di-
rección General de Presupuesto e Inversiones Públicas.
Que las modicaciones propuestas y autorizadas se encuadran en las dis-
posiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in ne de
la Ley Nº 9086 de Administración Financiera y del Control Interno de la
Administración General del Estado Provincial.
Que el presente acto se dicta conforme a la autoridad investida por el ar-
tículo 84 de la Constitución de la Provincia y a las atribuciones conferidas
por el artículo 30 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Provincia
de Córdoba.
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los Arts. 30
y 41 del Reglamento Interno, la reglamentación del Art. 31 de la Ley Nº
9086, por Decreto Nº 150/2004 modicado por Decreto Nº 1966/2009 y
Decreto Nº 1314/11 del Poder Ejecutivo Provincial y la Resolución Nº 13/09
de la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas Provincial
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