Resolución N° 58/PJCABA/FG/09

FirmantesGaravano
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorFiscalía General
Fecha de la disposición 3 de Abril de 2009

PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

FISCALÍA GENERAL

RESOLUCIÓN N° 58/ PJCABA/ FG/ 09

DEJA SIN EFECTO LOS CRITERIOS GENERALES DE ACTUACIÓN ESTABLECIDOS MEDIANTE LAS RESOLUCIONES 18-FG-01- 49-FG-03 - 79-FG-03 - 98-FG-06

Buenos Aires, 03/04/2009

VISTO:

Los criterios generales de actuación establecidos a través de las Resoluciones FG N° 18/01, 49/03, 79/03 y 96/06, y el Dictamen de la Secretaría General de Política Criminal

Y CONSIDERANDO:

  1. Que los criterios generales de actuación establecidos a partir de las resoluciones mencionadas en el visto, fueron dictados cuando aún no se encontraba totalmente constituido el fuero con competencia Penal, Contravencional y de Faltas, y con antelación a la entrada en vigencia del Código Procesal Penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley 2.303) y/o del Régimen Penal Juvenil (Ley 2.451), época en la cual el marco normativo local no lograba brindar respuestas integrales a determinadas situaciones que se suscitaban sistemáticamente en los procesos judiciales. Sin embargo, en los últimos años la situación institucional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido modificada sustancialmente, contando en la actualidad con un Poder Judicial completo, integrado con un fuero con competencia Penal, Contravencional y de Faltas, preparado para asumir nuevas competencias penales, como las que fueron traspasadas a partir de los dos convenios suscriptos por el Gobierno Nacional y por el Gobierno de la Ciudad, los cuales oportunamente han sido aprobados por el Congreso Nacional y por la Legislatura local. Lo propio ha ocurrido con los avances logrados en el marco normativo, fundamentalmente, con la sanción y la entrada en vigencia del Código Procesal Penal de la C.A.B.A., el cual se aplica supletoriamente al proceso contravencional, como así también con el Régimen Procesal Penal Juvenil, herramientas que han contribuido definitivamente para que el Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires pueda cumplir acabadamente con las obligaciones que la Constitución y las leyes le imponen.

    Todo ello ha determinado que los aludidos criterios generales de actuación pierdan virtualidad, conforme las razones...

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