Resolución Nº 58/GCABA/ASINF/17

FirmantesDougall
EmisorAGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

VISTO:

Las Leyes Nro. 2.689 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), 5.460 (Texto Consolidado

por Ley N° 5666), su Decreto Complementario N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios,

el Decreto N° 265/AJG/16, las Resoluciones Nros. 18/ASINF/13, 37/ASINF/16 y

46/ASINF/16, el Expediente Electrónico N° 09482390-MGEYA-ASINF-2.017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666) creó la Agencia de

Sistemas de Información como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional

y financiero en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en su carácter de órgano rector en materia de tecnologías

de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo;

Que por la Ley N° 5.460 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, contemplando a la

Agencia de Sistemas de Información en la órbita de la Jefatura de Gabinete de

Ministros;

Que en este sentido en el artículo 10° de la Ley 2.689 (Texto Consolidado por Ley N°

5.666), establece las funciones y facultades del Director Ejecutivo de la Agencia de

Sistemas de Información, entre ellas, "Inc. a) Organizar y reglamentar el

funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánicofuncional, así

como los aspectos organizativos, operativos y de administración.";

Que los entes descentralizados tienen por definición la facultad de administrarse por sí

mismos, poseen patrimonio y presupuesto propios y se rigen por las normas generales

de Derecho Público, vinculándose con la Administración Central mediante una relación

jurídica de control administrativo o tutela;

Que, por su parte, los incisos k) y m) del mismo Artículo, le confieren al Director

Ejecutivo las responsabilidades de "Determinar la cantidad de Direcciones Generales,

así como sus responsabilidades primarias, hasta un número de cuatro (4)", y de

"Realizar todos los actos requeridos para el ejercicio de las funciones y el

cumplimiento de los objetivos de la Agencia", respectivamente;

Que a través...

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