Resolución Nº 58/GCABA/ASINF/17
Firmantes | Dougall |
Emisor | AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN |
VISTO:
Las Leyes Nro. 2.689 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), 5.460 (Texto Consolidado
por Ley N° 5666), su Decreto Complementario N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios,
el Decreto N° 265/AJG/16, las Resoluciones Nros. 18/ASINF/13, 37/ASINF/16 y
46/ASINF/16, el Expediente Electrónico N° 09482390-MGEYA-ASINF-2.017, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666) creó la Agencia de
Sistemas de Información como entidad autárquica en el orden administrativo, funcional
y financiero en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en su carácter de órgano rector en materia de tecnologías
de la información y las comunicaciones en el ámbito del Poder Ejecutivo;
Que por la Ley N° 5.460 (Texto Consolidado por Ley N° 5.666), se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, contemplando a la
Agencia de Sistemas de Información en la órbita de la Jefatura de Gabinete de
Ministros;
Que en este sentido en el artículo 10° de la Ley 2.689 (Texto Consolidado por Ley N°
5.666), establece las funciones y facultades del Director Ejecutivo de la Agencia de
Sistemas de Información, entre ellas, "Inc. a) Organizar y reglamentar el
funcionamiento interno de la Agencia, respecto a su estructura orgánicofuncional, así
como los aspectos organizativos, operativos y de administración.";
Que los entes descentralizados tienen por definición la facultad de administrarse por sí
mismos, poseen patrimonio y presupuesto propios y se rigen por las normas generales
de Derecho Público, vinculándose con la Administración Central mediante una relación
jurídica de control administrativo o tutela;
Que, por su parte, los incisos k) y m) del mismo Artículo, le confieren al Director
Ejecutivo las responsabilidades de "Determinar la cantidad de Direcciones Generales,
así como sus responsabilidades primarias, hasta un número de cuatro (4)", y de
"Realizar todos los actos requeridos para el ejercicio de las funciones y el
cumplimiento de los objetivos de la Agencia", respectivamente;
Que a través...
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