Resolución Nº 53/PJCABA/MP/15
Firmantes | Duacastella Arbizu - Bendel - Ocampo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio PÚBlico |
Fecha de la disposición | 23 de Octubre de 2015 |
VISTO:
La Ley Orgánica del MINISTERIO PÚBLICO N° 1.903 -modificada por la Ley N° 4.891-
; la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N°
2.095 -modificada por la Ley N° 4.764- y su reglamentación efectuada por la
Resolución CCAMP N° 11/2010 y el Expediente CCAMP N° 25/15 del Registro de la
COMISIÓN CONJUNTA DE ADMINISTRACIÓN del MINISTERIO PÚBLICO de la
C.A.B.A.; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 2.095 estableció las normas básicas que contienen los lineamientos que
debe observar el Sector Público de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES -
incluido expresamente el PODER JUDICIAL- en los procesos de compras, ventas y
contrataciones de bienes y servicios, y reguló las obligaciones y derechos que derivan
de los mismos.
Que mediante la Resolución CCAMP N° 11/2010 se aprobó la reglamentación de la
precitada Ley y el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los
procedimientos de adquisición de bienes y servicios del MINISTERIO PÚBLICO de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que, posteriormente, a efectos de lograr una mayor agilidad en los procedimientos de
contratación, la Ley N° 2.095 fue modificada por su similar N° 4.764, por lo cual resulta
necesario actualizar la reglamentación vigente.
Que, a esos fines, desde la COMISIÓN CONJUNTA DE ADMINISTRACIÓN (CCAMP)
del MINISTERIO PÚBLICO de la C.A.B.A. se elaboró un proyecto de reglamentación,
el cual fue trabajado y consensuado con las Ramas de este MINISTERIO PÚBLICO en
las sucesivas reuniones mantenidas a dichos efectos.
Que la Oficina de Legales de la SECRETARÍA GENERAL DE GESTIÓN Y
ADMINISTRACIÓN FINANCIERA de la CCAMP ha tomado la intervención de su
competencia, en su carácter de servicio jurídico permanente, sin oponer reparos a la
medida dispuesta por la presente.
Por ello, en uso de las atribuciones previstas por el artículo 124 de la Constitución de
la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y por el artículo 25 y concordantes de la
Ley N° 1.903, modificada por su similar N° 4.891;
LA COMISIÓN CONJUNTA DE ADMINISTRACIÓN
DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
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