Resolucion Nº 53 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de finanzas
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVII - Nº 103
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 26 DE MAYO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º ESTABLECER una primera emisión de Documentos de
Cancelación de Obligaciones Fiscales -Categoría Social para jubilados,
pensionados y/o adultos mayores a 65 años - (DoCOF - SOCIAL II) en la
suma de pesos setenta y nueve millones quinientos mil ($ 79.500.000.-).
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACION
OPERATIVA
Resolución N° 53
Córdoba, 24 de mayo de 2016
VISTO: Lo dispuesto por Decreto Provincial N° 367/2013.
Y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 1° del citado Decreto establece que los Servicios Admi-
nistrativos y Reparticiones de la Administración Central deberán requerir a
sus proveedores de bienes y/o servicios o contratistas de obra en su caso,
la apertura de Cuentas Corrientes, de manera absolutamente prioritaria
en el Banco de la Provincia de Córdoba S.A., agente nanciero del Estado
Provincial y asimismo deberán utilizar los medios electrónicos de pago con
absoluta preferencia sobre el libramiento de cheques.
Que atento la necesidad de encontrar procesos que otorguen la mayor
seguridad e información de las transacciones, permitiendo el control inme-
diato, directo y en tiempo real de los pagos que se realicen, corresponde
disponer que las dependencias que estén bajo la jurisdicción del Servicio
Administrativo de este Ministerio, que sean responsables de Contratacio-
nes y Tesorerías jurisdiccionales, no podrán utilizar el cheque como libra-
miento de pago, a partir del día 15 de junio de 2016.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE COORDINACIÓN OPERATIVA
R E S U E L V E :
Artículo 1º DISPONER que a partir del día 15 de junio de 2016, las
dependencias que estén bajo la jurisdicción del Servicio Administrativo de
este Ministerio, que sean responsables de Contrataciones y Tesorerías Ju-
risdiccionales, no podrán utilizar el cheque como libramiento de pago.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial y archívese.
FDO: MICAELA VANESA SPERANZA, DIRECTORA GENERAL DE COORDINA-
CIÓN OPERATIVA
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESOLUCIÓN N° 323 - Córdoba, 09/05/2016 - IMPÚTASE la
suma de Pesos cien millones ($ 100.000.000,00) discriminado de la si-
guiente manera: a) la suma de pesos treinta millones ($30.000.000,00) a
la Jurisdicción 1.20, Programa 208-000, Partida Principal 06, Parcial 01,
Subparcial 02; b) la suma de pesos treinta millones ($30.000.000,00) a
la Jurisdicción 1.20, Programa 208-000, Partida Principal 06, Parcial 06,
Subparcial 10; c) la suma de pesos veinte millones ($20.000.000,00) a
la Jurisdicción 1.20, Programa 208-000, Partida Principal 10, Parcial 01,
Subparcial 01 y d) la suma de pesos veinte millones ($20.000.000,00) a
la Jurisdicción 1.20, Programa 208-000, Partida Principal 10, Parcial 05,
Subparcial 07, todas del Presupuesto Vigente Ejercicio año 2016, corres-
pondientes al Documento Contable Orden de Compra Nº 2016/001179; en
función de las previsiones establecidas por la Ley N° 10.336, que ratica
el Decreto N° 1936/15.
FDO: CRA. SILVINA RIVERO – SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN.
ENTE REGULADOR DE SERV PÚBLICOS
ERSEP
Resolución N° 1272
Córdoba, 24 de mayo de 2016.
Expte. Nº 0521–050478/2016.-
Y VISTO: Que vienen las presentes actuaciones vinculadas con la
Convocatoria a Audiencia Pública en el marco de la solicitud de revisión
tarifaria promovida por Aguas Cordobesas S.A.-
Que obra en autos solicitud de fecha 18 de Marzo de 2016, formulada
por la empresa Aguas Cordobesas S.A., por la que solicita revisión tarifaria
por incremento de costos, conforme al numeral 9.2.3 del Contrato de Con-
cesión del Servicio Público de Suministro de Agua Potable para la ciudad
de Córdoba. Asimismo, el dictado de la resolución ERSeP Nº 666/2016, por
la que se habilita el procedimiento de revisión tarifaria y se constituye la
Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios respectivamente. Por úl-
timo, actas de las sucesivas reuniones de la Mesa, con su documentación
respaldatoria.-
Y CONSIDERANDO:
Voto del Presidente Dr. Mario Agenor BLANCO y de los Directores Luis
Antonio SANCHEZ, Alicia Isabel NARDUCCI y Walter SCAVINO.

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