Resolución N° 523-SSGRH/18

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición19 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N523/SSGRH/18
Buenos Aires, 26 de marzo de 2018
VISTO:
La Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Expediente Electrónico N°
28.618.256/MGEYA-DGTALMMIYT/17, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto en el artículo 64, inc. a), de la Ley N° 471, la relación de
empleo público se extingue por renuncia del trabajador;
Que en tal sentido, el artículo 65, de la citada normativa establece que "en caso de
renuncia del trabajador, el acto administrativo de aceptación de renuncia debe dictarse
dentro de los 30 días corridos de recibida la misma en el correspondiente organismo
de personal y caso contrario se dará por aceptada la renuncia";
Que según surge del expediente citado en el Visto, la agente Mónica Marcela Paese,
CUIL N° 27-27150523-5, presentó su renuncia, a partir del día 4 de diciembre de 2017,
en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de
Modernización, Innovación y Tecnología;
Que habiendo advertido que la fecha de presentación de la renuncia, ha superado el
plazo establecido en la Ley, para emitir el correspondiente acto y entendiéndose que,
por ello, la misma se ha tornado operativa, se la tiene por aceptada, en el marco de lo
prescripto en el artículo 65, de la Ley N° 471;
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVE
Artículo 1°.- Téngase por aceptada, a partir del día 4 de diciembre de 2017, la renuncia
presentada por la agente Mónica Marcela Paese, CUIL. 27-27150523-5, a la Dirección
General Técnica Administrativa y Legal, del Ministerio de Modernización, Innovación y
Tecnología, deja partida 6501.0010.P.A.01.0000, en el marco de lo establecido en el
artículo 65, de la Ley N° 471, destacándose que se encontraba usufructuando licencia
extraordinaria sin goce de haberes, conforme Resoluciones Nros. 117 y
701/MMIYTGC/2016.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a las Direcciones Generales de Asuntos
Laborales y Previsionales, y Administración y Liquidación de Haberes, dependientes
de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda, a
la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de Modernización,
Innovación y Tecnología. Cumplido. Archívese. Domeniconi
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5357 - 19/04/2018

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